Según ha hecho público en el día de hoy, PV Legal, la Industria fotovoltaica española puede mejorar con el futuro decreto de conexión de instalaciones de pequeña potencia.
Casi dos años después de comenzarse, el Proyecto Europeo PV LEGAL obtiene resultados positivos en varios países europeos, como Grecia o Eslovenia, que, gracias a sus recomendaciones, han mejorado su marco jurídico-administrativo para el desarrollo de la energía fotovoltaica. Lamentablemente, en otros países, como la República Checa, la situación ha empeorado sensiblemente. En España la situación puede mejorar con la aprobación del Real Decreto de conexión de instalaciones de pequeña potencia, actualmente en fase de tramitación.
Iniciado en julio de 2009, PV LEGAL ha permitido que se simplifiquen los procedimientos administrativos de varios países comunitarios, como Grecia o Eslovenia. En Grecia, desde el pasado verano los procedimientos para los sistemas solares domésticos se han simplificado con el establecimiento de una ventanilla única y se han introducido otras mejoras para las aplicaciones en las islas autónomas y en los edificios históricos. En Eslovenia, desde septiembre de 2010, los sistemas menores de 1 MW ya no requieren la obtención de la licencia de obras.
En otros casos, como en la República Checa se ha avanzado en dirección opuesta y las barreras se han incrementado considerablemente, hasta el punto de que hoy en día es imposible conseguir un permiso de conexión a red para algunos proyectos. Estos obstáculos, además, se han introducido de un modo deliberado con el fin de ralentizar o incluso detener el desarrollo de la energía fotovoltaica.
España: nuevo Real Decreto de conexión
En el caso de España –que comparte con la República Checa el dudoso honor de sufrir medidas retroactivas para frenar el mercado fotovoltaico–, el marco jurídico-administrativo todavía no ha cambiado sustancialmente en lo que a tramitación se refiere, pero la situación puede modificarse en los próximos meses con la aprobación de un nuevo Real Decreto para las instalaciones de pequeña potencia, actualmente en fase de tramitación.
Esta futura normativa, por ejemplo, reduce la tramitación de las instalaciones menores de 10 kW a tres meses como máximo, siempre que se cumplan los plazos indicados. En la actualidad, la tramitación de una instalación en cubierta de esas pequeñas dimensiones requiere los mismos pasos que una gran cubierta fotovoltaica de 2 MW.
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