Los Estados miembros deben poner en vigor a más tardar el 25 de junio de 2020 las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas para transponer la obligación de ahorro de energía.
El pasado día 28 de octubre de 2019 se publicó en el DUOE la Recomendación (UE) 2019/1658 de la Comisión, de 25 de septiembre de 2019, relativa a la transposición de las obligaciones de ahorro de energía en virtud de la Directiva de eficiencia energética.
Con la entrada en vigor, las modificaciones del artículo 7 de la DEE tienen un impacto en la aplicación de la obligación de ahorro de energía para el período de obligación de 2014 a 2020. Las orientaciones que acompañan a la presente Recomendación servirán también de apoyo a los Estados miembros en este sentido.
La plena transposición y la aplicación efectiva de la DEE en su versión modificada son necesarias para que la UE logre sus objetivos de eficiencia energética para 2030 y cumpla su compromiso de situar a los consumidores en el centro de la Unión de la Energía.
Los Estados miembros disponen de un margen de discrecionalidad para transponer y aplicar los requisitos modificados relativos a sus obligaciones de ahorro de energía de la manera que mejor se adapte a sus circunstancias nacionales. La presente Recomendación explica los requisitos modificados y muestra cómo se pueden lograr los objetivos de la Directiva. La finalidad principal es garantizar una comprensión uniforme de la DEE en todos los Estados miembros a la hora de elaborar sus medidas de transposición.
Las orientaciones proporcionadas con la presente Recomendación complementan y sustituyen parcialmente las orientaciones que la Comisión publicó con anterioridad en relación con el artículo 7 del DEE. Deben destacarse los efectos de las disposiciones modificativas relativas al período de obligaciones de 2014 a 2020. La información de retorno que la Comisión ha recibido de los Estados miembros desde la transposición de la Directiva 2012/27/UE sobre eficiencia energética debe reflejarse.
La presente Recomendación no altera los efectos jurídicos de la DEE y se entiende sin perjuicio de la interpretación vinculante que de esta haga el Tribunal de Justicia. Se centra en las disposiciones relativas a la obligación de ahorro de energía y se refiere a los artículos 7, 7 bis y 7 ter, y al anexo V de la DEE.
El anexo de la presente Recomendación tiene por objeto ayudar a los Estados miembros, entre otras cosas, a calcular el ahorro de energía necesario, establecer medidas de actuación admisibles y comunicar correctamente el ahorro de energía logrado, y presenta una serie de aclaraciones y soluciones prácticas.
Descargar aquí la Recomendación (UE) 2019/1658 de la Comisión, de 25 de septiembre de 2019, relativa a la transposición de las obligaciones de ahorro de energía en virtud de la Directiva de eficiencia energética.
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