Suelo Solar presenta el Buscador de Zonas Solares al objeto de que los productores fotovoltaicos conozcan el alcance de la retroactividad de conformidad a la Disposición Adicional primera del Retroactivo Real Decreto Ley 14/2010.
Hasta el mes en que una instalación iguale o supere las horas equivalentes, recibirá la facturación normal con la energía valorada a su correspondiente tarifa regulada, y al mes siguiente una factura a precio del pool, más complementos.
La CNE y los Abogados del Estado defienden que las liquidaciones provisionales, aunque no vuelvan a ser publicadas, no son recurribles por ser actos de trámite no cualificados.
La primera liquidación de tarifa fotovoltaica no será retroactiva, se abonará en su totalidad, reajustándose en próximas liquidaciones. Por tanto, la primera liquidación sólo se podrá recurrir en m+11.
De conformidad con la Disposición adicional primera del Retroactivo Real Decreto Ley 14/2010, publicamos las zonas climaticas a efectos del recorte retroactivo de la tarifa fotovoltaica.
Hoy en el Senado uno de los asuntos debatidos ha sido la negativa imagen de España frente a las inversiones y la inundación de demandas y recursos que paralizarán la Audiencia Nacional y Tribunal Supremo.
Todas las Preguntas sobre la valoración del daño económico de la retroactividad fotovoltaica que hasta la fecha nos han remitido los productores fotovoltaicos tendrán solución gracias a los Peritos especialistas.
Existen dos dictámenes de los Abogados del Estado que debemos conocer sobre la retroactividad en las energías renovables. El primero sobre la energía eólica marina, y el segundo de la retroactividad fotovoltaica del Real Decreto 661/2007.
La Audiencia Nacional es conocedora de la avalancha de impugnaciones que van a recibir, por lo que están estudiando cómo y cuándo deben impugnar las liquidaciones retroactivas los productores fotovoltaicos.