Un nuevo programa de incentivos para pequeñas azoteas FV ha sido aprobado el pasado 4 de junio de 2009 en Grecia. Asimismo los productores solares gozan de exenciones fiscales. Grecia se alza cómo la más generosa de Europa en cuanto a esta FIT se refiere
El SINDIC, también denominada Defensor del Ciudadano, se ha posicionado en defensa del promotor fotovoltaico tras injusta liquidación del ICIO por parte de un Ayuntamiento Catalán. Son claros y contundentes sus motivos de defensa.
El Servicio Jurídico de Asistencia a Municipios de la Diputación Provincial de Salamanca señala que no existe pronunciamiento jurisprudencial alguno del Tribunal Supremo acerca de los elementos que integran la base imponible del ICIO.
El Juzgado de lo Contencioso número 2 de Jaén por sentencia número 140/09 de fecha 25 de marzo de 2009, anula la liquidación del Ayuntamiento de Fuerte del Rey (Jaén) por la indebida liquidación del ICIO.
¿Procede la aplicación de la deducción del artículo 39.3 del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo?. ¿Cual es el momento en que podría empezar a aplicarse.?
la empresa consultante ha estado muy mal asesorada en materia fiscal, y se ha dejado embarcar en una organización jurídica y tributaria que no ha atendido a todas las circunstancias concurrentes. La Dirección General de Tributos –DGT–, tiene la razón.
La Dirección General de Tributos –DGT– se aparta de la finalidad con la que la norma se dictó: favorecer la inversión en instalaciones de energías renovables para el aprovechamiento de energía solar.
Desde el punto de vista fiscal resulta posible que la base negativa obtenida por una sociedad del grupo pueda directamente ser compensada en forma inmediata con la base positiva de otra sociedad del grupo.
Desde el punto de vista fiscal resulta posible que la base negativa obtenida por una sociedad del grupo puede directamente ser compensada en forma inmediata con la base positiva de otra sociedad del grupo.