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Texto Integro: Resolución del Parlamento Europeo, de 19 de febrero de 2009, sobre el Proceso de Barcelona: Unión para el Mediterráneo.

16-5-09. Suelo Solar
sábado, 16 mayo 2009.
Suelo Solar
Texto Integro: Resolución del Parlamento Europeo, de 19 de febrero de 2009, sobre el Proceso de Barcelona: Unión para el Mediterráneo.
La inclusión de todos los países mediterráneos en el Proceso de Barcelona: Unión para el Mediterráneo coordina el proceso de un modo más eficaz con programas existentes tales como el Plan de Acción del Mediterráneo del Programa de las Naciones Unidas.

El Parlamento Europeo ,

–  Vista la Declaración de Barcelona, aprobada en la Conferencia Euromediterránea de Ministros de Asuntos Exteriores celebrada en Barcelona los días 27 y 28 de noviembre de 1995, por la que se crea una Asociación Euromediterránea,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 de mayo de 2008, titulada "El Proceso de Barcelona: Unión para el Mediterráneo",

–  Vista la aprobación por parte del Consejo Europeo de Bruselas de los días 13 y 14 de marzo de 2008 del Proceso de Barcelona - Unión para el Mediterráneo,

–  Vista la Declaración Conjunta de la Cumbre de París por el Mediterráneo, celebrada el 13 de julio de 2008,

–  Vista la Declaración Final adoptada tras la reunión de los Ministros de Asuntos Exteriores de la Unión para el Mediterráneo, celebrada en Marsella los días 3 y 4 de noviembre de 2008,

–  Vistas las conclusiones de la Conferencia de Ministros de Asuntos Exteriores euromediterráneos celebrada en Lisboa los días 5 y 6 de noviembre de 2007,

–  Vistas las conclusiones de la Cumbre Euromediterránea celebrada en Barcelona los días 27 y 28 de noviembre de 2005, para celebrar el décimo aniversario de la Asociación Euromediterránea,

–  Vista la declaración de la Mesa de la Asamblea Parlamentaria Euromediterránea (APEM) de 12 de julio de 2008, la declaración de la APEM sobre el proceso de paz del Próximo Oriente, de 13 de octubre de 2008, y la recomendación de la APEM a la Primera reunión de los Ministros de Asuntos Exteriores del Proceso de Barcelona - Unión para el Mediterráneo, de 13 de octubre de 2008,

–  Visto el dictamen del Comité de las Regiones, de 9 de octubre de 2008,

–  Vista la declaración de la Cumbre Euromediterránea de los Consejos Económicos y Sociales de Rabat, de 16 de octubre de 2008,

–  Vista la Declaración Final de la Presidencia de la APEM, así como las recomendaciones aprobadas por la APEM en su cuarta sesión plenaria celebrada en Atenas los días 27 y 28 de marzo de 2008,

–  Vista la primera reunión de EuroMedScola, celebrada en Estrasburgo los días 16 y 17 de noviembre de 2008, con la participación de jóvenes ciudadanos y ciudadanas de los países socios y de los Estados miembros de la Unión Europea,

–  Vistas sus anteriores resoluciones sobre la política mediterránea de la Unión Europea y, en particular, la de 5 de junio de 2008, sobre el Proceso de Barcelona: Unión para el Mediterráneo,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 21 de mayo de 2003, "Un nuevo impulso a las iniciativas de la Unión Europea en el ámbito de los derechos humanos y la democratización, en colaboración con los socios mediterráneos - Orientaciones estratégicas",

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 4 de diciembre de 2006, relativa a la consolidación de la política europea de vecindad,

–  Vista su Resolución de 15 de noviembre de 2007 sobre la consolidación de la Política Europea de Vecindad,

–  Vistas las prioridades de la Presidencia de la APEM ejercida por el Parlamento Europeo (marzo 2008 - marzo 2009),

–  Visto el artículo 45 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores y las opiniones de Comisión de Comercio Internacional, de la Comisión de Asuntos Constitucionales y de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género,

A.  Considerando la centralidad de la cuenca del Mediterráneo y el creciente interés común entre la Unión Europea y los países asociados para hacer frente a los retos de la globalización y la coexistencia pacífica y, por consiguiente, la necesidad de garantizar una mayor cohesión regional y de elaborar una estrategia política común,

B.  Considerando que la Unión está comprometida, y debe seguir estándolo, con el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio de las Naciones Unidas,

C.  Considerando la brecha económica, política y cultural cada vez mayor entre ambas orillas del Mediterráneo y la necesidad de reducir estas disparidades para poder crear en el futuro un espacio compartido de paz, seguridad y prosperidad,

D.  Considerando la necesidad de renovar profundamente, centrándose en los resultados, las relaciones entre la Unión Europea y los países asociados mediterráneos a partir de la capitalización de lo que se ha logrado hasta ahora y teniendo también en cuenta los límites y deficiencias de las políticas aplicadas, en particular, el decepcionante presupuesto del Proceso de Barcelona,

E.  Considerando los límites de la Política Europea de Vecindad (PEV) con los países del Mediterráneo que, si bien favorece las relaciones bilaterales, está demostrando su desequilibrio e incapacidad para contribuir a un proceso conjunto de reformas en la región,

F.  Considerando la necesidad de que las relaciones entre la Unión Europea y los países mediterráneos de toda la cuenca mediterránea se basen en una estrecha asociación, cimentada en el respeto de los derechos humanos y en el Estado de Derecho;

G.  Considerando que, desde el lanzamiento del Proceso de Barcelona, no se han registrado avances sustantivos en algunos de los países asociados en lo que respecta a la adhesión y respeto de algunos de los valores y principios comunes subrayados en la Declaración de Barcelona de 1995, por ellos firmada, especialmente en lo relativo a la democracia, los derechos humanos y el Estado de Derecho,

H.  Considerando la necesidad de promover la integración territorial y económica entre los países de la cuenca mediterránea; considerando que sólo podrá lograrse una verdadera integración económica y regional cuando se realicen progresos concretos en pos de la resolución de los conflictos existentes, así como en el ámbito de la democracia y los derechos humanos,

I.  Considerando que las relaciones cada vez más estrechas entre la Unión Europea y los países del Mediterráneo han contribuido a un aumento importante del tráfico entre estos países, que no ha ido acompañado de la necesaria mejora y modernización de las infraestructuras correspondientes,

J.  Considerando que los Jefes de Estado y de Gobierno reconocieron, en la Declaración conjunta de la Cumbre de París por el Mediterráneo celebrada el 13 de julio de 2008, que la APEM será la legítima expresión parlamentaria del Proceso de Barcelona: Unión para el Mediterráneo, declarando al mismo tiempo su firme apoyo a la consolidación del papel que debe desempeñar la APEM en las relaciones con los socios mediterráneos,

K.  Considerando que la dimensión intergubernamental no puede cubrir el conjunto de las relaciones políticas entre los países de la región euromediterránea,

L.  Considerando la importancia de la función que desempeña la APEM, única asamblea parlamentaria que permite el diálogo y la cooperación en la zona euromediterránea y que agrupa a los 27 Estados miembros de la Unión Europea y a todas las partes asociadas al proceso de paz en el Oriente Próximo,

M.  Considerando la importancia de garantizar la participación de las autoridades locales y regionales en los proyectos e iniciativas definidas por el Proceso de Barcelona: Unión para el Mediterráneo y de tener en cuenta las recientes propuestas procedentes de estas instancias,

N.  Considerando la importancia de garantizar la participación de los interlocutores sociales y de la sociedad civil en el relanzamiento de las relaciones euromediterráneas,

O.  Considerando la necesidad de evitar la duplicación y superposición de instrumentos, políticas y niveles institucionales existentes y de garantizar la coherencia del sistema de las relaciones euromediterráneas,

P.  Subrayando la necesidad de una rápida y pacífica resolución de todos los conflictos en que están implicados los países mediterráneos, y consciente de la importancia de mantener un diálogo intercultural al respecto,

Q.  Considerando que el reciente recrudecimiento del conflicto entre Israel y Palestina perjudica al diálogo político de la cooperación euromediterránea y puede hacer peligrar la consecución de varios objetivos que la nueva institución persigue,

R.  Considerando que la persistente ausencia de una solución a las graves tensiones políticas con respecto al Sáhara Occidental no contribuye a relanzar la cooperación euromediterránea,

1.  Opina que la propuesta del "Proceso de Barcelona: Unión para el Mediterráneo", aprobada por los Jefes de Estado y de Gobierno en la Cumbre celebrada en París el 13 de julio de 2008, constituye una contribución a la paz y la prosperidad y marca un paso adelante hacia la integración económica y territorial, así como hacia la cooperación ecológica y climática, entre los países del Mediterráneo, siempre que se cumplan las promesas y se logren resultados concretos y visibles; señala que la apertura del Proceso a los países que no participan en la Asociación aumenta la probabilidad de establecer relaciones paritarias entre la Unión Europea y los países socios mediterráneos y abordar los problemas de la región de manera global;

2.  Reitera su posición, reflejada en su resolución de 15 de enero de 2009 sobre la situación en la Franja de Gaza, expresa su preocupación por el recrudecimiento del conflicto entre Israel y Palestina, que ya ha afectado al diálogo político entre los participantes en la cooperación euromediterránea; considera importante evitar nuevos retrasos en esta fase inicial de la Unión para el Mediterráneo y espera que la cooperación se acelere de nuevo lo antes posible, aportando su contribución al objetivo común de la paz en Oriente Próximo; subraya que, a la luz de los principios acordados en la mencionada Cumbre de París de 13 de julio de 2008 y en la reunión de los Ministros de Asuntos Exteriores de los días 3 y 4 de noviembre de 2008 en Marsella, las nuevas instituciones de la Unión para el Mediterráneo deben concentrarse en una dimensión claramente orientada a los proyectos, que constituye su principal valor añadido;

3.  Señala que la reunión de los Ministros de Asuntos Exteriores de los días 3 y 4 de noviembre de 2008 en Marsella propuso que el "Proceso de Barcelona: Unión para el Mediterráneo" pase a llamarse "Unión para el Mediterráneo"; considera que esta denominación pone de relieve el carácter paritario de la asociación, con el fin de realizar proyectos de integración económica y territorial; no obstante, es necesario que el valor estratégico de las relaciones euromediterráneas y el acervo del Proceso de Barcelona, así como la participación de la sociedad civil se vea reflejado en las políticas que la Unión desarrolla con sus socios mediterráneos, a través de programas regionales y subregionales y de directrices comunes que inspiren la cooperación bilateral;

4.  Pide al Consejo y a la Comisión que garanticen la coherencia de la acción de la Unión, teniendo en cuenta los posibles cambios institucionales (en particular, las funciones del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad como Vicepresidente de la Comisión) y la utilización del presupuesto comunitario;

5.  Manifiesta su satisfacción por el hecho de que la Unión para el Mediterráneo se haya promovido en el marco de las instituciones de la Unión Europea;

6.  Apoya la elección a favor de un marco multilateral a través de la identificación de algunos de los principales proyectos que se ejecutarán a través de los nuevos instrumentos del Proceso de Barcelona: Unión para el Mediterráneo; señala, no obstante, la ausencia de estrategias en pos de la integración económica y territorial en la cuenca del Mediterráneo destinadas a fortalecer los propios proyectos;

7.  Considera que, para la ejecución de los proyectos, se debe adoptar la fórmula de "pactos programáticos" que, sobre el modelo del principio de subsidiariedad, definan claramente las responsabilidades financieras, de gestión y de control de los diferentes niveles institucionales: Unión Europea, Estados miembros, regiones, empresas e interlocutores sociales;

8.  Señala que los proyectos financiados en el marco de la Unión para el Mediterráneo deben ir acompañados de fondos procedentes de la Comunidad, de los países socios y del sector privado; pide al Consejo y a la Comisión que precisen y refuercen el papel y las iniciativas del Mecanismo Euromediterráneo de Inversión y Cooperación que, a través de su programa de inversiones, facilita la apertura económica y la modernización de los países mediterráneos; reitera su apoyo a la creación de un Banco Euromediterráneo de Inversiones y a la coordinación con los inversores internacionales; destaca la importancia de la transferencia de los ahorros de los emigrados de los países del sur del Mediterráneo hacia sus países de origen y considera que se trata de un incentivo formidable para el desarrollo, poco utilizado hasta ahora;

9.  Considera que se debe garantizar el porcentaje de financiación de la Unión Europea a los proyectos mediterráneos, a la espera de la revisión de las perspectivas financieras, sin perjuicio de lo dispuesto en los programas regionales euromediterráneos en curso o previstos, cuyo refuerzo fue solicitado en repetidas ocasiones por el Parlamento; subraya, al respecto, la competencia del Parlamento en el procedimiento presupuestario de la Unión Europea; desea que se informe periódicamente al Parlamento sobre el avance de los proyectos;

10.  Considera que la Secretaría puede dar un empuje importante a las relaciones euromediterráneas gracias a su capacidad operativa y al valor político de sus miembros; pide que la Secretaría empiece a funcionar con carácter urgente, con el fin de demostrar que es posible superar las actuales tensiones a través de la promoción de proyectos reales y concretos de cooperación mutua; manifiesta su satisfacción por el hecho de que se haya alcanzado un acuerdo unánime sobre la sede de la Secretaría; recuerda que Barcelona es la ciudad en la que comenzó la cooperación euromediterránea;

11.  Señala que, desde la perspectiva de la Unión Europea, la copresidencia debe ser compatible con la representación exterior de la Unión, de conformidad con las disposiciones del Tratado en vigor; espera a este respecto, asumiendo que el Tratado de Lisboa entrará en vigor, que la Unión Europea garantice coherencia y continuidad a su representación en las nuevas instituciones de la Unión para el Mediterráneo;

12.  Manifiesta su satisfacción por la decisión de la Conferencia Ministerial del 3 de noviembre de 2008, de tomar debidamente en cuenta la recomendación de la APEM adoptada en Jordania el 13 de octubre de 2008; apoya la decisión de dar una fuerte dimensión parlamentaria a la Unión para el Mediterráneo, reforzando así su legitimidad democrática sobre la base de la APEM, que deberá reforzarse y cuyos trabajos deberán coordinarse mejor con las otras instituciones de la Asociación, estudiando la posibilidad de que se le reconozca personalidad jurídica, derecho de propuesta y de evaluación de las estrategias de integración económica y territorial y de los proyectos, así como la posibilidad de presentar recomendaciones en las reuniones de los Ministros de Relaciones Exteriores; desea que el reconocimiento institucional de la APEM permita asimismo su participación en calidad de observador en todas las reuniones del ejecutivo, las reuniones de los Jefes de Estado y de Gobierno, las reuniones de ministros y las reuniones preparatorias de los altos funcionarios;

13.  Manifiesta su satisfacción por la decisión de los Ministros de Asuntos Exteriores de la Unión para el Mediterráneo de incluir la participación de la Liga de los Estados Árabes en todas las reuniones a todos los niveles, a la vista de su positiva contribución a los objetivos de la paz, la prosperidad y la estabilidad en la región mediterránea;

14.  Señala que es necesario incluir a las autoridades regionales y locales en el muevo marco institucional; manifiesta su satisfacción por el dictamen del Comité de las Regiones y por la propuesta de crear una asamblea regional y local euromediterránea;

15.  Considera que, al tiempo que se realza la dimensión parlamentaria, es necesario un esfuerzo similar para garantizar la participación de la sociedad civil en la estructura institucional de la Unión para el Mediterráneo, concretamente mediante mecanismos que aseguren la consulta previa de la sociedad civil acerca de los proyectos elegidos, su ejecución y su seguimiento; en este contexto, pide a la APEM que asocie en mayor medida a las sociedades civiles del norte y sur del Mediterráneo a sus trabajos; pide la valorización del papel de los interlocutores sociales en la perspectiva de la creación de un Comité Económico y Social Euromediterráneo;

16.  Señala que algunos países que participan del Proceso de Barcelona: Unión para el Mediterráneo no formaban parte de la Asociación Euromediterránea; pide, en este sentido, al Consejo, a la Comisión y a todos los Estados participantes en el Proceso de Barcelona: Unión para el Mediterráneo que garanticen un marco coherente de relaciones basado en la integración económica y territorial entre la Unión Europea y todos los países de la cuenca mediterránea; pide al Consejo y a la Comisión que garanticen la posibilidad de que todos los países miembros de la Unión por el Mediterráneo puedan tener acceso a los programas regionales previstos por la Asociación Euromediterránea;

17.  Señala que la participación en la Unión para el Mediterráneo no constituye una alternativa a la ampliación de la UE ni afecta a las perspectivas de adhesión de los Estados candidatos actuales o futuros; considera que la Unión para el Mediterráneo no afectará a las otras iniciativas de cooperación regional;

18.  Insiste en la necesidad de renovar profundamente toda la política euromediterránea, mejorando la dimensión política y el codesarrollo y recuerda que, en cualquier caso, la iniciativa Proceso de Barcelona: Unión para el Mediterráneo no agota los objetivos más amplios de esta política;

19.  Opina que la Unión para el Mediterráneo debería reforzar las formas existentes de cooperación en el marco de Euromed para brindar a todos los países socios la posibilidad de participar en los programas regionales y en las políticas correspondientes de la Unión Europea sobre la base de prioridades y objetivos fijados de común acuerdo; recuerda que es importante consolidar la ampliación de los programas comunitarios a la participación de los países socios, especialmente en los ámbitos de la educación, la investigación y la formación profesional (intercambio de estudiantes, etc.);

20.  Opina que las cuestiones relativas a la paz y la seguridad, los derechos humanos y la democracia, así como la cooperación cultural, deben abordarse en la dimensión euromediterránea; subraya que la Unión para el Mediterráneo tiene por objeto hacer frente a los problemas territoriales, de infraestructura y medioambientales a través de planes estratégicos y proyectos específicos; desea que esta dimensión concreta contribuya a la renovación de la Asociación euromediterránea;

21.  Recuerda las primeras medidas propuestas en la Cumbre de París por el Mediterráneo de 13 de julio de 2008: descontaminación del Mediterráneo, autopistas del mar y autopistas terrestres, protección civil, plan solar mediterráneo, enseñanza superior e investigación, iniciativa mediterránea de desarrollo de empresas;

22.  Recuerda que, a fin de alcanzar los ambiciosos objetivos del Proceso de Barcelona, es necesario ampliar rápidamente las áreas de cooperación a la gestión del agua, la agricultura, la seguridad del suministro de alimentos, la energía, la formación profesional, la cultura, la salud, el turismo, etc.;

23.  Apoya firmemente la dimensión medioambiental del Proceso de Barcelona: Unión para el Mediterráneo y los proyectos e iniciativas al respecto tales como la nueva Iniciativa euromediterránea para la descontaminación del Mediterráneo y el Proyecto mediterráneo de energía solar;

24.  Opina que la inclusión de todos los países mediterráneos en el Proceso de Barcelona: Unión para el Mediterráneo brinda la oportunidad de abordar los problemas de la región de una manera más exhaustiva, y de vincular y coordinar el proceso de un modo más eficaz con programas existentes tales como el Plan de Acción del Mediterráneo del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA);

25.  Saluda la propuesta, recogida en la Declaración final de la Presidencia de la Cuarta Sesión Plenaria, de crear una Comunidad Euromediterránea de la Energía apoyada por la APEM de los días 27 y 28 de marzo de 2008; reconoce la importancia de consolidar la cooperación en el ámbito de la energía entre los socios euromediterráneos y la necesidad de desarrollar el mercado regional de la energía para ejecutar proyectos a gran escala relativos a las energías renovables y a las infraestructuras energéticas en la región euromediterránea;

26.  Expresa su deseo de que el fortalecimiento de las relaciones euromediterráneas dé un nuevo impulso al desarrollo de un espacio de paz y prosperidad; subraya que la paz y la estabilidad política en la zona mediterránea son decisivas para la seguridad colectiva e individual mucho más allá de sus orillas; hace hincapié en que este objetivo puede lograrse a través de una solución negociada y completa de los conflictos en la región; considera que la UE debe asumir un papel de liderazgo en la resolución de esos conflictos, ganando previamente la confianza de todas las partes implicadas; insiste en la necesidad de mantener formalmente la cooperación en materia de lucha contra el terrorismo internacional, narcotráfico, crimen organizado y tráfico de personas; manifiesta su satisfacción por la Declaración de Marsella en la que se insta a las partes interesadas a esforzarse por realizar un proceso gradual de desmilitarización y desarme en el Oriente Próximo con el fin, en particular, de crear una zona libre de armas nucleares y de armas de destrucción masiva;

27.  Considera que la disminución de las tensiones en todo el Mediterráneo presupone la mejora del entendimiento social y cultural entre los pueblos, y que deben apoyarse las iniciativas tales como la Alianza de Civilizaciones, como un espacio para el diálogo privilegiado que contribuye a la estabilización de la región; insta al Consejo y a la Comisión a que presenten estrategias para promover este diálogo; alienta el refuerzo de las relaciones entre la APEM y la Fundación Anna Lindh, incluyendo la organización de reuniones entre las redes principales de la Fundación Anna Lindh y la Comisión de Cultura de la APEM;

28.  Indica que uno de los objetivos principales de la política euromediterránea consiste en promover el Estado de Derecho, la democracia, el respeto de los derechos humanos y el pluralismo político, y constata que todavía se registran violaciones muy graves de los mismos; reafirma la importancia de promover los derechos humanos y el Estado de Derecho; pide que se evalúen los resultados alcanzados hasta la fecha y los mecanismos establecidos en el marco de la Asociación en comparación con otras organizaciones internacionales tales como el Consejo de Europa; insta a la Comisión a que establezca unos criterios precisos para optar a estos instrumentos y que organice un sistema eficaz para controlar su aplicación; en este contexto, pide a todas las partes interesadas que profundicen y fomenten el respeto de la libertad religiosa y de conciencia y de los derechos de las minorías; alienta la definición de un marco político-institucional compartido que facilite la reciprocidad en la identificación de los problemas y en la búsqueda de soluciones comunes;

29.  Pide, por tanto, al Consejo y a la Comisión que establezcan claramente la promoción de los derechos humanos y de la democracia entre los objetivos de esta nueva iniciativa, que consoliden la aplicación de los mecanismos existentes, tales como la cláusula sobre derechos humanos incluida en los acuerdos de asociación y la creación de subcomisiones de derechos humanos, y que creen un mecanismo para la aplicación de dicha cláusula en los acuerdos de nueva generación y en los planes de acción bilaterales de la PEV; subraya que deben aprovecharse al máximo las herramientas de promoción de los derechos humanos de que dispone la PEV, garantizando una mayor coherencia política entre las instituciones europeas;

30.  Pide a todos los países participantes en la Asociación, a la Comisión y a las futuras instituciones de la Unión para el Mediterráneo que den nuevo impulso a la gestión compartida de las políticas en materia de inmigración para valorizar los recursos humanos y reforzar los intercambios entre las poblaciones de la cuenca mediterránea, evitando todo enfoque centrado en la seguridad; considera que las cuestiones relativas a la inmigración deben centrarse en las posibilidades de movilidad legal, en la lucha contra los flujos ilegales, en una mejor integración de las poblaciones inmigradas y en el ejercicio del derecho de asilo; manifiesta la importancia de una estrecha cooperación y de un espíritu de corresponsabilidad entre los Estados miembros de la Unión Europea y los países de la ribera sur del Mediterráneo; celebra que haya tenido lugar la Conferencia Ministerial Euromed sobre Migración en noviembre de 2007 y considera necesario que la Unión por el Mediterráneo preste una atención prioritaria a la gestión ordenada de los flujos migratorios;

31.  Constata que la Declaración Conjunta de los Jefes de Estado y de Gobierno, en la Cumbre de París por el Mediterráneo de 13 de julio de 2008, que el Proceso de Barcelona: Unión para el Mediterráneo es una muestra de la voluntad de favorecer el desarrollo de los recursos humanos y del empleo en coherencia con los Objetivos de Desarrollo del Milenio, incluida la lucha contra la pobreza, y espera nuevas iniciativas, programas y asignaciones financieras para tal fin;

32.  Considera que, con el fin de permitir la realización de una zona euromediterránea de libre comercio en beneficio mutuo, las iniciativas económicas y comerciales de la Unión para el Mediterráneo deben promover el crecimiento económico de la región, su mejor integración en la economía mundial y la reducción de las diferencias de desarrollo entre el norte y el sur del Mediterráneo, reforzando al mismo tiempo la cohesión social;

33.  Señala que es necesario evaluar y tener sistemáticamente en cuenta el impacto social de los procesos de liberalización, en particular en términos de seguridad alimentaria; señala asimismo que este impacto puede variar enormemente de un sector a otro y de un país a otro;

34.  Destaca la importancia del sector informal y de la economía popular en los países del sur y el este del Mediterráneo; considera que, de cara al desarrollo de la región, es necesario apoyar la integración progresiva de estas actividades en la economía formal;

35.  Hace hincapié en que, tras las adhesiones de 2004 y 2007, los intercambios comerciales entre los nuevos Estados miembros de la Unión y sus interlocutores mediterráneos están en constante aumento; pide que, en el marco de la asociación, se tenga debidamente en cuenta y se apoye esta tendencia;

36.  Subraya la necesidad de animar a los jóvenes a crear pequeñas empresas, facilitándoles el acceso al crédito y al microcrédito; considera, además, que es necesario fortalecer el apoyo al Fondo Euromediterráneo de Inversión y Asociación;

37.  Toma nota de que los acuerdos concluidos entre, por un lado, la Unión Europea y los Estados miembros y, por otro, los Estados mediterráneos prevén medidas de cooperación en el ámbito de la inmigración y del asilo político, incluida la financiación de centros para inmigrantes, y pide urgentemente a la Unión y a los Estados miembros que verifiquen si los derechos humanos y las libertades fundamentales se respetan plenamente en dichos centros;

38.  Considera que es fundamental alcanzar objetivos concretos en el ámbito social; recuerda, en este contexto, que el objetivo de una zona de libre comercio no puede apreciarse únicamente en relación con el crecimiento económico, sino, sobre todo, en términos de creación de empleo; recuerda que el desempleo juvenil y femenino constituye la primera emergencia social en los países del Mediterráneo;

39.  Pide a los países socios del sur que desarrollen los intercambios sur-sur al igual que en el acuerdo económico de Agadir firmado por Egipto, Jordania, Marruecos y Túnez, y subraya que las instituciones de la Unión Europea deben responder favorablemente a las solicitudes de ayuda técnica en favor de esta integración económica sur-sur;

40.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, así como a los Gobiernos y Parlamentos de todos los países socios de la Unión por el Mediterráneo.

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