Los incentivos aprobados mediante Real Decreto 263/2019 están destinados a la mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales y a la implantación de sistemas de gestión energética.
Destinadas para las empresas que tengan la consideración de PYME, o de Gran Empresa del sector industrial, así como a las empresas de Servicios Energéticos.
Estas ayudas se concederán de forma directa a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla conforme a los artículos 22 y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y al capítulo III del título I de su reglamento de desarrollo.
Este Programa de ayudas también pretende facilitar la implementación de las medidas de ahorro y eficiencia energética que resulten propuestas por las auditorías energéticas de las instalaciones industriales, con el fin de reducir el consumo de energía final en los procesos industriales, bien mediante la sustitución de equipos, bien a través de la implantación de sistemas de gestión energética. De esta forma, se refuerza y da continuidad a la obligación que impone el artículo 8 de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012, transpuesto mediante el Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía, sobre la realización de una auditoría energética a más tardar el 5 de diciembre de 2015 y, como mínimo, cada cuatro años a partir de la fecha de la auditoría energética anterio
El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía actúa como gestor del Fondo Nacional de Eficiencia Energética, función que le es atribuida en el apartado 2 del artículo 73 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre. El presupuesto de este Programa proviene del Fondo Nacional de Eficiencia Energética y fue aprobado en el Comité de Seguimiento y Control del Fondo Nacional de Eficiencia Energética en su sesión de 1 de marzo de 2019. El citado Fondo está constituido, entre otras, por las aportaciones anuales de las empresas privadas comercializadoras de gas y electricidad y por las de los operadores de productos petrolíferos y gases licuados del petróleo.
La tipología de proyectos a los que van dirigidas las ayudas reguladas por estas bases se corresponde con medidas concretas y definidas que no son susceptibles de su comparación entre sí, pero que contribuyen a progresar en los objetivos perseguidos de mejora medioambiental, disminución de emisiones de CO2 y eficiencia energética, dado que se trata de incentivar la realización de proyectos que cumplan con unos requisitos predeterminados en el ámbito de la eficiencia energética y mejoras medioambientales, con un efecto significativo en la disminución de emisiones de CO2, resultando de capital importancia establecer este procedimiento de concesión en tanto es preciso agilizar el cumplimiento de los objetivos de ahorro y de las políticas de mejora de medioambiental y de eficiencia energética a las que está obligado el Estado español en el marco de la Directiva 2012/27/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012.Se prevé la concesión directa de estas ayudas conforme a lo previsto en este real decreto, dado que, de acuerdo con los artículos 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, concurren razones de interés social y económico que lo justifican, por las razones antes aludidas, en relación con la necesidad de cumplir los objetivos anuales de ahorro de energía que impone la Directiva de eficiencia energética.
Las ayudas otorgadas en el marco de este Programa serán objeto de cofinanciación con aportaciones del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) del periodo 2014-2020, dentro del Programa Operativo Plurirregional de España, siempre que sean elegibles dentro del mismo.
A estos efectos, se reconoce la plena aplicación de los mecanismos de gestión y control incluidos en los Programas Operativos e instrumentos aplicables a dicho Fondo, así como las específicas relativas a la información y publicidad, criterios de selección de operaciones, verificaciones, y similares cuya aplicación sea de obligado cumplimiento
Los órganos responsables de la gestión de las ayudas de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla velarán por el cumplimiento de dichas normas correspondiendo la responsabilidad de la selección y de la verificación de las operaciones al IDAE como organismo intermedio designado responsable de la gestión del Objetivo Temático 4 «Economía baja en carbono» dentro del Programa Operativo Plurirregional de España.
Se subvencionan las instalaciones de energías renovables que supongan una reducción del consumo energético a partir de fuentes convencionales, y sirvan para el abastecimiento de la infraestructura comunitaria de riego.
En la comunidad de Madrid se subvenciona la instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables como la energía solar fotovoltaica.
La Agencia Andaluza de la Energía incentivará actuaciones en colegios, edificios públicos y alumbrados en las provincias de Cádiz, Córdoba, Jaén y Sevilla.