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El Tribunal Supremo protege la inseguridad jurídica de la retroactividad fotovoltaica.

2-6-16. Carlos Mateu
jueves, 2 junio 2016.
Carlos Mateu
El Tribunal Supremo protege la inseguridad jurídica de la retroactividad fotovoltaica.
Como era de preveer el Tribunal Supremo avala el Real Decreto y la Orden ministerial que regulan las instalaciones de energía renovable y los parámetros retributivos.

El Tribunal Supremo avala el Real Decreto y la Orden ministerial que regulan las instalaciones de energía renovable y los parámetros retributivos
La Sala emite tres sentencias que resuelven recursos contra el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, y contra la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, por la que se aprobaron los parámetros retributivos de las instalaciones de energía renovable

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha dictado tres sentencias desestimatorias de sendos recursos promovidos contra el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, y contra la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, por la que se aprueban los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía.

Las tres sentencias rechazan los recursos y cuentan con dos votos particulares firmados por 3 magistrados.

Se adjunta nota informativa de la Sala.

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