El Tribunal Constitucional valida por tanto los principios del nuevo marco retributivo para las energías renovables, que han sido desarrollados por el Gobierno como parte de la reforma eléctrica.
El pronunciamiento del Tribunal Constitucional desestimando el recurso frente a la reforma de renovables, sentará probablemente el criterio en los sucesivos recursos en este ámbito, avalando así la reforma eléctrica llevada a cabo por el Gobierno en esta legislatura.
El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno de Murcia contra varias disposiciones del Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico.
Los preceptos impugnados del citado Real Decreto-ley establecen los principios generales sobre los que se basa el nuevo marco retributivo de las energías renovables, que se aplica desde julio de 2013, y la rentabilidad razonable para las instalaciones durante el primer periodo regulatorio.
El Tribunal Constitucional valida por tanto los principios del nuevo marco retributivo para las energías renovables, que han sido desarrollados por el Gobierno como parte de la reforma eléctrica.
Por su parte algunos propietarios de instalaciones de renovables habían recurrido ante el Tribunal Supremo en contra de los mismos preceptos, alegando que podían vulnerar los límites de la retroactividad de las normas y los principios de seguridad jurídica y confianza legítima, solicitando al Supremo que planteara una cuestión de inconstitucionalidad.
El pronunciamiento del Tribunal Constitucional desestimando el recurso frente a la reforma de renovables, sentará probablemente el criterio en los sucesivos recursos en este ámbito, avalando así la reforma eléctrica llevada a cabo por el Gobierno en esta legislatura.
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