Únicamente en el primer cuatrimestre de 2015 se incrementa un 26% el total de capacidad bajo este esquema, conectando 3,234 MW al sistema.
Según el último informe de la Comisión Nacional de Energía con datos referidos al mes de abril, 660 instalaciones ya han adoptado este sistema de compensación de saldos para la facturación de energía, otorgando un papel fundamental a la autogeneración y autoconsumo dentro del sistema eléctrico.
Las once empresas suministradoras del servicio eléctrico han conectado 3,234 MW hasta el mes de abril realizadas por las 61 empresas instaladoras de Proyectos de Medición Neta acreditadas en la Comisión Nacional de Energía dominicana.
Al esquema de Medición Neta pueden acogerse:
- Clientes Residenciales que se autoabastecen con sistemas de generación propios de electricidad y que utilicen energía solar, eólica u otras Fuentes Renovables de Energía cuya capacidad sea menor o igual a 25 Kilovatios (KW), ubicados en fincas, edificios o estructuras de personas naturales o jurídicas, los cuales podrán conectarse a las redes de la Empresa de Distribución.
- Sistemas de generación de electricidad privada y ubicadas en fincas, edificios o estructuras de personas naturales o jurídicas, que utilicen energía solar, eólica u otras Fuentes Renovables de Energía y que tengan una capacidad no mayor de 1 megavatio (MW) para Clientes comerciales e industriales, los cuales podrán conectarse a las redes de la Empresa de Distribución y/o Transmisión.
Establece el Reglamento , que la facturación de la energía consumida por el Cliente, y el crédito o pago por la energía que exporte, se realizará a base del Consumo Neto y la Exportación Neta de energía por parte del Cliente.
La energía que consuma y exporte el Cliente se medirá y acreditará de la manera descrita a continuación, excepto en aquellos casos en que alguna ley o reglamentación ordene lo contrario, de modo expreso y específico.
1. En cada período de facturación, el Distribuidor medirá la energía que consuma el Cliente y la que exporte al sistema eléctrico del Distribuidor.
2. Si durante el período de facturación, el Distribuidor suministra al Cliente más energía que la que éste exporta, al Cliente se le cobrará el consumo neto de energía, (el resultado de restarle a la energía consumida por el Cliente, la energía exportada por éste al Sistema del Distribuidor).
Cualquier Crédito por Exportación de Energía que acumule el Cliente durante el año previo y que no se haya utilizado al cierre del período de facturación, en diciembre de cada año, se compensará de la siguiente forma:
i. El Distribuidor, antes del treinta y uno (31) de enero de cada año, pagará al Cliente el 75% del Crédito acumulado.
ii. El restante 25% del Crédito de Exportación cancelado a los Clientes, será utilizado por las distribuidoras para los programas de Eficiencia Energética y reducción de pérdidas.
Al amparo de esta normativa se consolida la tendencia al alza de esta iniciativa innovadora que arranca en junio de 2011 en República Dominicana, permitiendo la descentralización en la producción y consumo dentro del contexto de Generación Distribuida que democratiza la energía, constituyendo muestra desmostrativa del nivel de desarrollo de los países.
La instalación supone la culminación de la tercera etapa del acuerdo con UERS para electrificar con energía solar fotovoltaica 444 destacamentos de la Policía Nacional y del Cuerpo de Bomberos en todo el país.
La iniciativa para integrar más energías renovables en el sistema eléctrico de América Central dio un paso adelante con viceministros, directores regionales de energía y cambio climático reuniéndose en El Salvador para decidir futuro energético.