domingo, 23 octubre 2011. Carlos Mateu de Suelosolar
Para la inspección del fraude fotovoltaico y de conformidad al Real Decreto 1003/2010 es exigible la disposición de los equipos y la correcta instalación de los mismos con fecha anterior al 29 de septiembre. ¿qué hemos de aportar?
Es de criticar la actitud de la CNE al ofrecer unos datos de inspección y de fraude que no concuerdan con la realidad, absteniéndose de ofrecer información alguna sobre las causas de la suspensiones cautelares del pago de las primas.
Tras la labor de inspección de la empresa TRAGSATEC de las plantas fotovoltaicas acogidas al Real Decreto 661/2007, la CNE ha remitido las Actas de Inspección al MITyC para su valoración correspondiente.
De 8.185 instalaciones fotovoltaicas analizadas, 1.919 han sido suspendidas cautelarmente del pago de la tarifa fotovoltaica. Quedamos a la espera de conocer que porcentaje de éstos se libran de la quema tras las alegaciones presentadas.
Tras la publicación del Real Decreto de Trazabilidad, ya conocemos la documentación que esta solicitando la CNE a los productores fotovoltaicos, para detectar el «presunto» fraude.
La CNE ha remitido Listados de Inspección a todos los agentes comercializadores de plantas fotovoltaicas «sospechosas de fraude» para que recaben la documentación que se les solicita.
El que el Certificado Final de Obra ó el del instalador autorizado tenga fecha anterior a la de los albaranes de los materiales no quebranta el objeto del Real Decreto 1003/2010 ó anti fraude fotovoltaico.
El pasado día 20 de mayo de 2010, Dª María Teresa Costa Presidenta de la CNE, desmintió este tipo de acusaciones contra la fotovoltaica, no siendo cierto ese contenido de las inspecciones.
Somos muchos los que nos resistimos a creer que ese porcentaje de inspección de fraude se haya realizado con el 100% de expedientes, sino con los más sospechosos.
El MITyC antes de resolver los recursos de alzada ha solicitado el reintegro de la tarifa fotovoltaica a los «presuntos fraudulentos» en las inspecciones del fraude fotovoltaico, previa liquidación por parte de la CNE.