Disponible en la web municipal , donde ha sido volcada la información más importante del estudio en algo tan específico como son los datos que permiten conocer la viabilidad de instalación de placas solares fotovoltaicas en el entorno urbano.
La Secretaría General de Industria y la Agencia Andaluza de la Energía forman parte de Improvement, un proyecto de microrredes con sistemas híbridos de almacenamiento.
Obligatoriedad general, salvo exención para las de potencia igual o inferior a 15 kW que se ubiquen en suelo urbanizado el cual cuente con dotaciones urbanísticas.
La energía horaria excedentaria de los consumidores acogidos al mecanismo de compensación simplificada está exenta de satisfacer los peajes de acceso establecidos en el Real Decreto 1544/2011, de 31 de octubre.
No resulta de aplicación para instalaciones sin excedentes, toda vez que no vierten energía a la red, únicamente habrán de suscribirlo las habilitadas con excedentes
Los productores de autoconsumo fotovoltaico están exentos de inscribir su instalación en el Registro Administrativo de Instalaciones PRoductoras de Energía eléctrica (RAIPRE).
A redactar y firmar por los profesionales habilitados según la entidad del proyecto; aportando los certificados y documentación para puesta en servicio, la memoria técnica o el proyecto técnico visado que correspondan.
Para instalaciones en Alta Tensión resulta obligado. En cuanto a las instalaciones en baja tensión inferiores o iguales a 10 kW, en principio no sería necesario, si bien es aconsejable la consulta en cada CC.AA.