Solicitar presupuesto Autoconsumo
Puntos de acceso disponibles para conexión

El nuevo sistema de retribución eleva el recorte a la termosolar a un 50% en los dos ultimos años.

8-4-14. Carlos Mateu
martes, 8 abril 2014.
Carlos Mateu
El nuevo sistema de retribución eleva el recorte a la termosolar a un 50% en los dos ultimos años.
Con la nueva metodología, la termosolar no alcanza la rentabilidad razonable contemplada por Ley en la reforma energética.Esta última reforma representa un 13% de recortes añadidos a la anterior situación.

El nuevo sistema de retribución vuelve a introducir recortes de calado para la tecnología termosolar, que no garantizan la ‘rentabilidad razonable’ contemplada por Ley y ahondan en el carácter retroactivo de la última reforma energética.

De la lectura del informe de la CNMC, publicado ayer, se desprende un nuevo recorte del 13% al sector termosolar que, sumado a las reducciones en su retribución acumuladas del 37% (medidas recogidas en la Ley 15/12 y en el RDL 2/13), sitúan próximo a un 50% el recorte a esta tecnología en los dos últimos años, frente a las condiciones establecidas en el RD 661/2007,en el momento de las inversiones, sobre las que se basaron los inversores para la promoción y construcción de centrales termosolares en España.

Con la nueva metodología de cálculo, incluida en el informe de la CNMC, la rentabilidad de las centrales termosolares no alcanza la establecida como ‘razonable’ por Ley y defendida en el desarrollo de la última reforma energética. Además, en el informe remitido por el regulador no se realiza ninguna comprobación relativa al cumplimiento de la rentabilidad razonable, de acuerdo a los parámetros considerados en el borrador de la OM.

Para Protermosolar, tal acumulación de medidas evidencia la total retroactividad de las nuevas condiciones de remuneración, que pueden llegar a calificarse de expropiatorias.

Cálculos no realistas y alegaciones e informes auditados no considerados

Protermosolar quiere poner otra vez de manifiesto que los costes de inversión y los costes de operación y mantenimiento que ha utilizado el Ministerio de Industria y Energía para calcular los valores aplicables, tanto a la inversión como a la explotación a las retribuciones, han sido claramente subestimados y están muy por debajo de los costes reales, extremo que la Asociación destacó en su escrito de alegaciones y que otros agentes del sector han constatado, aportando informes auditados, sobre los que la CNMC ni se ha pronunciado ni ha considerado en su informe.

También se da la grave circunstancia que la CMNC no ha aceptado las alegaciones en el caso de las centrales singulares, de las que no existe ningún otro baremo de comparación para la consideración de empresa eficiente y bien gestionada que la inversión realizada y auditada de las mismas. Asimismo, incluye para su análisis, en el Anexo II, tipos de centrales de potencia muy superior a la que tienen estas instalaciones singulares en la realidad, lo que vuelve a distorsionar el cálculo.

El nuevo sistema, lejos de facilitar que se cumpla lo establecido por la Ley respecto a la rentabilidad razonable, consolida la situación de acumulación inasumible de recortes respecto a las condiciones que motivaron la construcción de las centrales por parte de inversores nacionales y extranjeros, comprometiendo la viabilidad de una industria en la que España es pionera así como  la financiación del sector.  

Tu valoración:

Total Votos: 0
0 Participantes

SL RANK

MERCADO ELÉCTRICO

0.0247   €/MWh

20/04/2024