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Si el Gobierno no eleva la cuota de producción de las energías renovables, las consecuencias serán nefastas.

12-3-14. Carlos Mateu
miércoles, 12 marzo 2014.
Carlos Mateu
Si el Gobierno no eleva la cuota de producción de las energías renovables, las consecuencias serán nefastas.
Suelo Solar entrevista a D. Jorge Morales de Labra, Director General de GeoAtlanter quién explica la absurda reforma energética del Gobierno español. Asimismo denuncia que la nueva 'rentabilidad razonable' de la fotovoltaica castiga la producción.

Buenos dias Jorge. Es un placer poder reunirme contigo... Gracias por tu presencia en esta nueva entrevista.
Felicitarte lo primero por tus formidables intervenciones en la Sexta Televisión en defensa de las energías renovables y en numerosos foros y Jornadas.

Como experto que eres, me gustaría que  expliques a nuestros lectores,  como afectará a las instalaciones fotovoltaicas la falsa rentabilidad razonable del Gobierno español.

Aunque no requieres de presentación... he de decir para aquellos que no conozcan que D. Jorge Morales tiene un brillante curriculum dentro del sector eléctrico. Es Ingeniero Industrial por la Universidad Politécnica de Madrid, ha pertenecido a varios organos consultivos del sector eléctrico: al Consejo consultivo de Eléctricidad de la Comisión Nacional de  Energía, como Agente de Mercado OMEL, Técnico de seguimiento de operación de Red Eléctrica. Actualmente es el Director General de GeoAtlanter, es Miembro del Cómite de Dirección de la Sección de productores de UNEF, forma parte de la Fundación Renovables y de la Plataforma  ciudadana para el nuevo modelo energético.


Si te parece Jorge, damos comienzo a la entrevista...

P.- ¿Qué opinas Jorge de la Propuesta de Orden de Parámetros en relación al impacto sobre los ingresos retributivos fotovoltaicos?

R.- Muchas gracias por tu amable presentación e invitación. Creo que es la mejor muestra de la prepotencia con la que está actuando el presente equipo ministerial: pretenden decir a los empresarios que un día -hace años- invirtieron en generación eléctrica a partir de renovables, cogeneración o residuos, a qué precio debieron comprar sus equipos, a qué coste debieron mantenerlos posteriormente y cuál debió ser su rentabilidad esperada.

Los cálculos son tan detallados que, inevitablemente, conducen a incongruencias por comparación que -estoy seguro- derivarán en múltiples conflictos que tendrán que dirimir los tribunales de justicia, nacionales e internacionales.

Garantizar, proyecto a proyecto, una rentabilidad fijada a posteriori por el Gobierno sería un claro ejemplo de intervención pública en el sector privado que bien podría compararse con expropiaciones recientemente acontecidas en países de Sudamérica. Pero esta propuesta de Orden va aún más allá: ni siquiera garantiza una rentabilidad a cada proyecto, sino que lo hace a unos proyectos tipo que, naturalmente, son ficticios. Posteriormente asigna cada proyecto real a un proyecto tipo por lo que, cuanto mayor sea la diferencia entre aquél y éste, más lejos estará su rentabilidad de la del proyecto tipo.

P-¿ Qué le dirías a los productores fotovoltaicos tras conocer éstos que desaparece el concepto -previamente deteriorado -  de prima o pago vinculado a la energía producida Se sustituye por una retribución que depende básicamente de la potencia de la instalación y que se calcula a partir de un proyecto tipo.?

R.-  Se ha diezmado el incentivo previamente existente a producir la máxima energía posible. Es evidente que el Ministerio está más preocupado por que las centrales de gas construidas recientemente por las eléctricas esté funcionando al 11% de su capacidad que de elevar la cuota de producción a partir de renovables.

Las consecuencias serán nefastas para el país, no solo en términos de desaprovechar la inversión ya realizada, sino también en relación a la balanza de pagos, la inflación.

P.-¿Qué horquilla de porcentaje retroactivo encontramos en la retribución fotovoltaica de no haberse promulgado ninguna medida retroactiva?

R.-   Es posible encontrar proyectos que en 2014 se quedan prácticamente igual que habrían estado con su marco retributivo original y otros que tienen respecto de éste más de un 50% de recorte de ingresos. Y subrayo "en 2014", porque un efecto frecuentemente olvidado de esta metodología es que no se prevén incrementos significativos de la retribución a largo plazo mientras que el sistema anterior actualizaba anualmente los ingresos con el IPC menos 0,5%. En otras palabras, el recorte de ingresos será tanto mayor cuanto más tiempo transcurra, por lo que hasta los pocos proyectos que hoy no sufren recortes relevantes los acabarán teniendo a largo plazo.

P.-¿Por qué existen proyectos fotovoltaicos que tras esta rentabilidad razonable no tienen prácticamente recortes respecto de su normativa original, y otras instalaciones fotovoltaicas padecen recortes retroactivos que superan el 50%  de lo prometido en el BOE?

R.- Por la sencilla razón de que los costes reales de estos últimos difieren más de los de sus proyectos tipo que lo que lo hacen los de los primeros.

P.-¿Tiene algún sentido de que el Ministerio de Industria a mayor producción de energía (mayor potencia pico, mayor radiación, mejor seguimiento), mayor sea el recorte.... y tiene algún sentido de que una instalación de un productor fotovoltaico de por ejemplo 20 kW que está dentro de un parque fotovoltaico de 10 Mw se le "penalice" con un recorte del 50% por ese absurdo motivo?

R.- Insisto en que hay mucha ideología tras la metodología propuesta. No se penaliza arbitrariamente al que más produce, ¡es que no interesa que produzca!

El concepto de agrupación, esto es, que a una instalación concreta no se la clasifica por su potencia individual sino por la suma de ésta y las de sus plantas "vecinas" es uno de los más dañinos de la propuesta. Efectivamente, por el mero hecho de tener próxima una instalación más grande, una planta puede ver drásticamente mermados sus ingresos. Se mire por donde se mire, carece de sentido.

P.- Visto lo visto, no crees que es completamente falso el mensaje del Ministro Soria de que "La rentabilidad razonable inicialmente "girará" sobre la cotización en el mercado secundario de la deuda pública a 10 años (actualmente, sobre 4,5%) + 3%? ¿Cuál es la peor rentabilidad que conoces de algún productor fotovoltaico? ¿Alcanza ese 7,5%?

R.- Lo única rentabilidad garantizada -del 7,398%, por cierto; no del 7,5%- es la del proyecto tipo, nunca de las instalaciones reales, y lo está solo durante seis años, pues pasado este tiempo lo que hoy el Gobierno considera rentabilidad razonable puede variar.

Es posible encontrar proyectos reales con rentabilidades negativas. Esto es, ni al final de su vida útil habrán recuperado su inversión inicial.

Cuando hablamos de proyectos ya construidos con apenas costes variables nos damos cuenta de que nos enfrentamos a un ataque sin precedentes a la confianza de los inversores en la seriedad de los compromisos adquiridos por el Estado español.

P.- Tras esa pseudo rentabilidad razonable... luego hay que aplicar a la cantidad resultante el nuevo impuesto a la generación (7%) creado en 2013, ¿es así?

R.- En cuanto a la rentabilidad del proyecto, no. Curiosamente entre los costes reconocidos a los proyectos tipo está el impuesto a la generación.

Esto es el colmo del absurdo: el Gobierno reconoce como coste un impuesto (esto es, incrementa los pagos a las plantas por el importe de éste) para luego obligar a éstas a que tributen por la misma cantidad y finalmente reintegrar la recaudación en el sector eléctrico. No conozco mejor ejemplo de cómo crear trámites administrativos completamente inútiles. Y eso la Ley en España obliga a la Administración Pública a ser eficiente.

En resumen, habrá que ingresar el 7% del total de la retribución que se reciba; pero se supone que el Gobierno ya ha incorporado ese 7% en la citada retribución.

P.- El concepto de rentabilidad razonable, incluyendo la tasa financiera, es revisable cada 6 años... puff... ¿no crees que este hecho supone impedir que los productores fotovoltaicos pueden vender estos activos a terceros? ¿qué inversor va a comprar una planta fotovoltaico a sabiendas de que pueden seguir recortando ingresos con el apoyo legislativo y judicial y bajo una inseguridad jurídica indignante y alevosa?

R.-  Yo no diría tanto como impedir. Es indiscutible que la rentabilidad exigida a los activos renovables se ha incrementado considerablemente desde 2010 hasta la actualidad, por la sencilla razón de que, con el aval del Supremo, el riesgo regulatorio se ha incrementado sustancialmente.

Es un asunto sobre el que nuestros políticos deberían reflexionar con mucho mayor detenimiento: las renovables en España serán más caras que en otros países con recursos similares por la única razón de que los inversores exigirán más rentabilidad aquí debido a la incertidumbre regulatoria.

P.- La rentabilidad real de las instalaciones depende fuertemente de las características que definen su proyecto tipo. 

¿Podrías explicar a nuestros lectores cuales son estas características?...valor de la inversión inicial...vida útil regulatoria...tasa de retribución...etc...

R.-  Cada proyecto tipo viene definido por muchos parámetros. Es el paraíso de los ingenieros, pues tocando aquí y allá en cientos de hojas de cálculo es posible hacer recortes con precisión que podríamos calificar de "quirúrgica".

El valor de la inversión inicial es, sin duda, uno de los más relevantes: el Gobierno te dice, proyecto tipo a proyecto tipo, cuál debió ser tu inversión inicial en € por kW instalado en el año de construcción de la planta. Nótese que hablo de potencia instalada (nominal) y no de potencia pico (máxima producible por los módulos), lo que ya supone un agravio comparativo entre los diferentes proyectos fotovoltaicos. En efecto, dos instalaciones vinculadas al mismo proyecto tipo tendrán la misma inversión reconocida, con independencia de que una tenga potencia pico un 30% superior a la nominal y en la otra ambas potencias sean iguales. Los inversores en fotovoltaica saben muy bien que los costes de inversión han dependido siempre de la potencia pico de la instalación, por lo que son plenamente conscientes de los agravios que introducirá este aspecto de la metodología.

La vida útil regulatoria es el período de tiempo durante el cual la instalación tendrá derecho a percibir el nuevo régimen retributivo. Para la fotovoltaica -curiosamente con independencia de  si los módulos son cristalinos, amorfos o de concentración- se ha establecido en 30 años desde la fecha de puesta en servicio. Pasado ese tiempo las plantas pasarán a cobrar el precio del mercado mayorista.

La tasa de retribución es la rentabilidad supuestamente razonable que utiliza el Gobierno para descontar los flujos de caja de cada proyecto tipo. Es el famoso 7,398% que será revisado cada seis años.

Los costes de explotación estimados son otro parámetro fundamental: el Gobierno dice haber incorporado en sus cálculos aspectos como el alquiler del terreno, el mantenimiento, la representación en mercado, los seguros, el impuesto a la generación; pero como solo informa del total de costes reconocidos por proyecto tipo y año, no es posible comprobar si las hipótesis asumidas son razonables.

Los ingresos estimados también influyen en la retribución. En el caso de la fotovoltaica, por ejemplo, es bien sabido que los recortes de ingresos ocasionados por el Real Decreto-Ley 14/2010 han sido muy heterogéneos, por lo que la consideración de un valor medio por proyecto tipo puede derivar en que los ingresos reconocidos sean muy diferentes a los reales.

Así podríamos continuar con los límites mínimos y máximos de precios de mercado, retribución a la operación, número mínimo de horas de funcionamiento equivalentes y umbral de funcionamiento para tener derecho a la retribución específica, horas máximas de funcionamiento para el cobro de la retribución a la operación.

P.- Si la retribución retroactiva de la rentabilidad renovable razonable está en vigor desde el pasado 14 de julio siendo todos los ingresos desde entonces "a cuenta"...y no sabe aún cuánto le van a expropiar de sus ingresos... ¿no deja ello al productor fotovoltaico en una imprevisión terrible?.

R.- Pues sí, es un hecho muy sorprendente y lamentable que el Gobierno acumule ya más de ocho meses sometiendo a las plantas que producen el 40% de la energía eléctrica del país a una incertidumbre que les impide ni siquiera estimar lo que van a cobrar por la energía que están vertiendo a la red.

Para mayor desesperación, la situación se solapa en el tiempo con la reciente obligación de estos productores de financiar el déficit de tarifa, lo que se traduce en que la retribución que devengan -a cuenta- va a ser durante unos meses muy inferior a la que realmente cobren.

P.- ¿Crees que los bancos están dispuestos a renegociar los contratos de financiación?

R.- Seguro, porque los proyectos siguen generando caja a largo plazo. Además, normalmente se encuentran financiados en condiciones mucho mejores que las actuales del mercado, por lo que las entidades financieras aprovecharán para subir tipos de interés a la vez que alargan el plazo de amortización.

El problema es que los fondos propios valen cero en la mayoría de los casos, por lo que los inversores no están dispuestos a seguir "trabajando para el banco". Esa es la razón por la que creo que muchos proyectos pasará a ser propiedad de las entidades financieras y, posiblemente, finalmente acaben en manos de las grandes eléctricas a precios muy inferiores a la inversión original.

P.- ¿Tiene algún sentido el hecho de que las grandes agrupaciones fotovoltaicas padezcan un recorte retroactivo del 50% sobre los ingresos previstos en los planes de negocio iniciales?

R.- En mi opinión, no es que no tenga sentido, es que es claramente expropiatorio. Me parece muy difícil que incluso nuestro Tribunal Supremo acepte recortes retroactivos tan drásticos.

En una situación de crisis, como la actual, resulta razonable que todo el mundo haga un esfuerzo para contribuir a la salida; pero un recorte de más del 50% de los ingresos es, a todas luces, excesivo. Mucho más cuando hay grandes empresas en el mismo sector eléctrico que apenas han disminuido sus beneficios desde que estalló la crisis.

P.- ¿Se puede equiparar el escándalo de las preferentes de Bankia con el escándalo de la retroactividad fotovoltaica cuyos ingresos estaban previstos en el BOE?

R.- Tiene fuertes similitudes: en ambos casos hay pequeños inversores afectados que creían que firmaban en unas condiciones de seguridad muy diferentes a las que luego resultaron.

También hay importantes diferencias: las preferentes eran contratos privados con las entidades y los inversores; en la fotovoltaica, la contraparte es directamente el Boletín Oficial de Estado, con la firma del Rey.

P.- ¿Qué puede hacer un productor fotovoltaico que no tenga capacidad para renegociar su project finance con el Banco...? 

¿Crees que hay compradores dispuestos a quedarse con esa instalación fotovoltaica?

R.- Me consta que hay fondos extranjeros interesados en invertir en instalaciones ya construidas. Eso sí, lo hacen por un importe inferior al valor de la inversión inicial dado que los flujos de caja no son los del principio y, además, como he dicho, el riesgo regulatorio ha aumentado considerablemente.

Como los recortes no son homogéneos, las soluciones tampoco lo son. El hecho fundamental para valorar una u otra solución es la capacidad de cada proyecto para atender sus compromisos de pago de la deuda bancaria.

Hay proyectos que, aunque sobre la mesa sean rentables a largo plazo, no son capaces de atender la deuda en los próximos años. En estos casos los fondos propios valen cero y se depende íntegramente de la entidad financiera o de una ampliación de capital. Naturalmente, en función de la intensidad del recorte, hay proyectos que para ser viables requieren de la negociación de una quita con la entidad financiera y otros en los que basta con una refinanciación.

Por último hay proyectos -los menos- que a duras penas consiguen atender sus compromisos e incluso permiten un cierto retorno al inversor, menor del inicialmente esperado.

Mi recomendación en todos los casos es analizar fríamente la situación y valorar si realmente se puede o no atender la deuda. En caso de que la respuesta sea negativa, recomiendo dejarse asesorar por profesionales antes de negociar la refinanciación con el banco.

P.- ¿Tiene algún sentido el que la orden de estándares prime la ineficiencia de las empresas perjudicando mas a aquellos que mas producen.? ¿Qué hay de aquello que decía la Ley del Sector Eléctrico en cuanto al "principio de empresa eficiente y bien gestionada" ?

R.- La interpretación del Ministerio a este respecto es, una vez más, torticera. El principio de empresa eficiente y bien gestionada lo reservan para referirse a los valores de inversión inicial o de costes de operación. Consideran que uno es ineficiente si sus costes son superiores a los que fija -sin justificación objetiva, como hemos visto- el Gobierno.

Efectivamente, el resultado práctico de la nueva metodología es que, paradójicamente, salen peor parados los que mejores equipos compraron y mayor producción tienen. Como decía el principio, de lo que se trata realmente es de que se produzca cuanto menos energía renovable, mejor. Un disparate.

P.- ¿Cómo será el sistema de facturación de la energía solar fotovoltaica a partir de enero de 2014?

R.- Agradezco Carlos tu pregunta. Te he traído esta presentación explicativa de cómo va a ser que me encantaría poder compartir con los lectores de Suelo Solar. Es la siguiente...

Muchas gracias Jorge. Felicitarte una vez más por tu sabiduría demostrada y defensa a ultranza del sector. Espero poder verte pronto en una nueva entrevista.

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