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¿Qué he de hacer si la CUR me ofrece una lectura errónea de la energía fotovoltaica vertida a red y no me la liquida?

13-2-14. Carlos Mateu
jueves, 13 febrero 2014.
Carlos Mateu
¿Qué he de hacer si la CUR me ofrece una lectura errónea de la energía fotovoltaica vertida a red y no me la liquida?
La Distribuidora tras realizar las lecturas provisionales y los cierres en sus fechas correspondientes, no comunica ningún valor al productor y la CUR señala que los valores son cero, por un error técnico que no quiere ni sabe solucionar.

Es un hecho notorio que las liquidaciones de las tarifas retributivas fotovoltaicas no se suelen cobrar a tiempo... pero también es cierto que a veces no se cobran nunca... Veámos esta consulta de un productor que lleva cuatro años esperando a cobrar su tarifa sin que la CUR y la CNE (actual CNMC) ofrezcan una solución al respecto....

Consulta: Tenemos una instalación fotovoltaica de vent a red de 300 kW en Murcia.
En el año 2010, nuestro agente comercializador nos dejo de pagar el importe de tres facturas, concretamente la de los meses de enero, febrero y marzo de 2010, en las que los valores de m+11 fue CERO.
 
Con posterioridad nuestra comercializadora nos informó telefónicamente, que NO pueden proceder al pago de los meses de enero a marzo de 2010, puesto que la distribuidora no había recibido ningún pago de la CNE, por estos meses, puesto que en los tres meses el valor M+11 fue CERO.

Visto lo cual remití carta a la CNE informando de la situación y problemática que aparecen valores CERO para esos meses, y consultándoles como deberíamos proceder.

La CNE nos contestó informándonos que según la normativa vigente, el responsable de las lecturas en la empresa Distribuidora, por lo que nos invitaba a remitir una reclamación a la distribuidora.

Acto seguido remitimos burofax a la Distribuidora indicándo que nuestro representante nos comunicó unos valores de nuestras medidas, y que posteriormente en m+11 aparecen valores CERO.

La Distribuidora nos contestó indicando que ellos basándose en la normativa vigente han realizado las lecturas provisionales y los cierres en sus fechas correspondientes. Pero No nos comunica ningún valor de los cierres ni provisionales, ni definitivos.

Tras esta respuesta solicitamos via BuroFax a la distribuidora los valores de cierre para los tres meses en discusión. Pero NUNCA nos contestaron.

Recientemente hemos conseguido via judicial, Alegaciones Preliminares, escrito de la Distribuidora donde mencionan las medidas M+1 y m+3 para los meses de enero a marzo de 2010; medidas muy parecidas a nuestros valores conseguidos del contador; En este mismo escrito mencionan la medida m+11 con valor CERO, y reconocen ante la CNE un error por su parte en estas medidas.


R.- Somos conscientes de que son varias las instalaciones fotovoltaicas afectadas que se encuentran en idéntica situación.

Entendemos que se debe reclamar en este caso a la Comercializadora de Último Recurso (CUR), porque según entendemos de su consulta la Distribuidora sí que remitió las lecturas a la CNE.

Se le ha de reclamar a la comercializadora los importes debidos, ya sea por que los cobró de la CNE y ahora no los gira (improbable), o porque no comunicó en su día de forma adecuada la producción de la instalación y como representante de mercado tenía una serie de obligaciones, previsiblemente por la figura del contrato de agencia, que le pueden hacer ser responsable directo de dicha falta de diligencia.

Desde la CNMC se nos ha comunicado que se va a abrir un período extraordinario de alegaciones para solventar los problemas con las liquidaciones del ejercicio 2010.

Habría que tener constancia absoluta de que:
-    El responsable de la lectura certifique nuevamente las lecturas del período no pagado.
-    El CUR de la instalación tiene preparadas al detalle las alegaciones correspondientes a ese período.
-    E incluso, comprobar (lo más fácil es con el CUR) que los datos de RED ELÉCTRICA son coincidentes con los de la Distribuidora.

Realizado esto con adecuación, se debiera de resolver la incidencia SIN los Tribunales.

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