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¿Tiene obligación la energía solar térmica de pagar peajes de respaldo según la Propuesta de Real Decreto de Autoconsumo?

2-9-13. Carlos Mateu
lunes, 2 septiembre 2013.
Carlos Mateu
¿Tiene obligación la energía solar térmica de pagar peajes de respaldo según la Propuesta de Real Decreto de Autoconsumo?
La absurda propuesta de Real Decreto de Autoconsumo obliga a los proconsumidores a unas injustas obligaciones y a unos elevados gastos y peajes que hacen inviable el Ahorro y la Eficiencia energética.

Son muchas las consultas recibidas respecto a la obligatoriedad o no de abonar peajes del respaldo de la solar térmica  en las viviendas tras conocer el contenido del Borrador de Real Decreto de Autoconsumo con energías renovables. El Gobierno, a la vista del contenido de la absurda Propuesta de Real Decreto de Autoconsumo fotovoltaico, demuestra estar influenciado por las Grandes Eléctricas protegiendo así sus elevados beneficios y los sueldos de ex políticos que ahora ocupan altos puestos en los Consejos de administración de éstas.

Veámos a continuación la siguiente consulta:

Estimados Sres. de Suelo Solar: Tras conocer en su medio  de prensa la Propuesta de Real Decreto de Autoconsumo fotovoltaico quería preguntarles si he de pagar algún peaje de respaldo por tener ACS con energía solar térmica  ya que cuando no hay Sol tengo de soporte la energía eléctrica convencional y no así la del gas como muchas otras instalaciones existentes en España. Agradezco su pronta respuesta para ver si modifico o no el soporte a gas para no pagar las injusticias cada día más típicas de las Eléctricas y de sus marionetas los Gobiernos PPSOE.

Respuesta:

Se trata de una consulta muy interesante ya que con la misma variabilidad de la energía solar,...vemos que cuando hay Sol produzco electricidad en la fotovoltaica, y asimismo caliento agua con la energía solar térmica,... en ambos casos con respaldo de energía eléctrica.

De conformidad a la citada Propuesta de Real Decreto de Autoconsumo, la energía solar térmica asistida por la red eléctrica en momentos de falta de radiación solar no estaría obligada a abonar peajes de respaldo.

Esta consulta es sin duda, una de las demostraciones de lo absurdo que es el sistema porque efectivamente a la energía solar térmica no le afecta la normativa de la Propuesta del Real Decreto de Autoconsumo.
El autoproductor no pagaría en este caso ningún peaje de respaldo.

Partiendo de la base de que cuando hay radiación solar estoy produciendo energía solar térmica y cuando no la hay estoy utilizando la energía solar eléctrica, es completamente absurdo de que si en este caso no he de pagar peaje de respaldo por utilizar una placa térmica, si lo tenga que pagar cuando utilizo una placa solar fotovoltaica.

¿Por qué razón legal el autoproductor de energía solar térmica no ha de pagar peaje de respaldo, y el de energía solar fotovoltaica, sí?

Según el borrador de Real Decreto de Autoconsumo, la energía solar térmica no lo paga porque lo que hace el peaje de respaldo es gravar la producción de energía eléctrica en el propio lugar de generación.
Como en la solar térmica no hay producción de energía eléctrica  sino lo que hay es una disminución eléctrica consumida..., por ese absurdo motivo no se paga en este supuesto peaje de respaldo.

De conformidad al artículo 14.4 de la Propuesta de Real Decreto de Autoconsumo por el que se establece la regulación de las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo, titulado "Del procedimiento de suministro" señala textualmente que:
"Asimismo el consumidor asociado a un productor acogido a esta modalidad de autoconsumo deberá pagar por la energía consumida procedente de la instalación de producción conectada en el interior de su red o a través de una línea directa, el peaje de respaldo. Por el resto de la energía consumida deberá pagar el peajes de acceso y otros precios que resulten de aplicación de acuerdo a la normativa en vigor."
En consecuencia, al no venir la instalación de producción conectada en el interior de su red, el peaje de respaldo no ha de pagarlo.

Aunque la solar térmica tenga el mismo efecto que tiene la solar fotovoltaica, pero diferente causa por no haber producción de energía eléctrica sino de energía térmica, no está gravada por estos absurdos peajes de respaldo.

¿Tiene sentido de que el Gobierno vaya a promulgar una normativa discriminatoria que obligue a unas tecnologías solares como la fotovoltaica a pagar peajes y a otras, como la solar térmica no?

Sin lugar a dudas esta consulta demuestra que existe en esta normativa de autoconsumo un hueco que desarma el argumento hasta la fecha utilizado por las Grandes Eléctricas y el Ministro Soria. 

Nota: Agradecemos a D. Jorge Morales de Labra su amable y profesional colaboración en la resolución de esta consulta técnico-legal.

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