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Las principales quejas del sector fotovoltaico español respecto al absurdo borrador de Autoconsumo.

18-8-13. Carlos Mateu
domingo, 18 agosto 2013.
Carlos Mateu
Las principales quejas del sector fotovoltaico español respecto al absurdo borrador de Autoconsumo.
El proyecto de Real Decreto por el que se establece la regulación de las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con fotovoltaico significa cohecho y abuso de poder.

Tras conocer el contenido de la Propuesta de Real Decreto de Autoconsumo de energía eléctrica fotovoltaica son numerosas las quejas del sector y de los potenciales proconsumidores que desde hace casi dos años desde la promulgación del Real Decreto 1699/2011, llevan esperando y solicitando al Gobierno que apruebe el Real Decreto de autoconsumo fotovoltaico que para todos significa Ahorro y Eficiencia energética.

Entre las numerosísimas quejas del sector compartimos con nuestros lectores las siguientes:

1º) Que se incremente el coste del término fijo de la potencia eléctrica contratada reduciendo el coste variable impidiendo de este modo que:
a)    el Autoconsumo fotovoltaico sea rentable o amortizable, y
b)    los consumidores inviertan de ahora en adelante en eficiencia y ahorro energético, por alejarles este nuevo marco normativo, de forma alevosa, de la paridad de red.

2º) Que se beneficie en la tarifa eléctrica haciéndola muy rentable a los que tiene un alto consumo y se perjudique a los que tienen un bajo consumo, o nulo.

3º) Que la "Propuesta de Real Decreto para la regulación del Autoconsumo" sea una "Propuesta de Real Decreto para que nadie haga autoconsumo", y no se vean reducidos los beneficios de las Grandes Eléctricas con la necesaria democratización de la energía. El espíritu del legislador en esta Propuesta de Real Decreto de Autoconsumo no es el recaudatorio sino el de impedir el desarrollo del autoconsumo fotovoltaico en España para no mermar los ingresos de las Grandes Eléctricas. Es un claro caso de cohecho político-eléctrico que la Fiscalía Anticorrupción debería investigar de oficio.

4º) Que se castigue tanto al autoconsumo en aislada como al autoconsumo con vertido a red. Según el borrador de Real Decreto de Autoconsumo en ambos supuestos los pro-consumidores están obligados a legalizar la instalación de autoconsumo aunque nunca viertan energía a la red eléctrica.

5º) Que el proconsumidor tenga que abonar peajes sobre todos los kw verdes generados, incluyendo los autoconsumidos, a pesar de que éstos no pasan por la red general de distribución, por lo que no hacen uso ni desgaste en la misma.
Respecto a los peajes la Propuesta de Real Decreto de Autoconsumo, en relación a la ITC BT 40 del REBT que define los tres tipos de instalaciones generadoras:
4.1 Aisladas
4.2 Asistidas
4.3 Interconectadas,
 sólo excluye a las primeras.

6º) Que el peaje de la potencia contratada se eleve de 17,89€/Kw año a 31,59€/Kw año.

7º) Que en el supuesto de que fuera rentable el autoconsumo fotovoltaico, - que no lo es, con tanto injusto peaje a la generación y al autoconsumo instantáneo-, es absurdo que una empresa con potencia contratada superior no podrá adherirse al Real Decreto de Autoconsumo aunque su instalación prevista sea inferior a 100KW.

8º) Que la energía que el proconsumidor produzca pueda ser vertida a la red con un sistema de balance neto por tramos horarios abonando “peajes de red” para toda la energía vertida a red, y la que autoconsuma resulte recargada con el "peaje de respaldo" que según tarifas y horarios, puede llegar a ser del 50 % del coste de la electricidad.

9º) Que de forma discriminatoria, las instalaciones de cogeneración estén exentas de absurdo peaje de respaldo hasta el 31 de diciembre de 2019, y las fotovoltaicas y mini eólicas, no..

10º) Que el Gobierno tenga la potestad de incrementar el peaje de respaldo dependiendo de la velocidad de implantación de los modelos de autogeneración eléctrica fotovoltaica. Esto se llama retroactividad y posible cambio de reglas de juego una vez realizada la instalación fotovoltaica de autoconsumo.

11º) Que no es justificable la función de "respaldo" de la red al funcionamiento de las placas solares ya que estas funcionan perfectamente sin la red pública (por la red aislada que genera el inversor-cargador o directamente con un regulador de carga).

12º) Que si el proconsumidor genera kilowatios verdes, y no los consume, tenga que abonar el correspondiente peaje marcado en el RD 1544/2011 por la energía excedentaria que vierta a la red, y regalarla a la compañía eléctrica distribuidora.

13º) Que el proconsumidor tenga que instalar un contador oficial para todo lo que produce y consume.

14º) Que el proconsumidor, sin que haya vertido a red, tenga la absurda obligación de solicitar conexión a la compañía distribuidora, de conformidad con lo estipulado en el RD 1699/2011.

15º) Que el proconsumidor, sin que haya vertido a red, tenga la absurda obligación de suscribir contrato de suministro con la compañía eléctrica distribuidora,

16º) Que el periodo de amortización de las instalaciones de autoconsumo fotovoltaico se triplique con respecto a lo que debería ser por el abuso de poder a favor del oligopolio eléctrico.

17º) Que tras la entrada en vigor del Real Decreto de autoconsumo fotovoltaico, se penalice injustamente a los consumidores de energía eléctrica de:
a) una instalación de generación conectada en el interior de al red de su punto de suministro y que no estuviera dada de alta en el correspondiente registro como instalación de producción, o
b) una instalación de producción que constara en el registro oportuno conectada en el interior de su red o a través de una línea directa, obligándoles a darse de alta y legalizar su situación so pena de suspendérsele el suministro eléctrico e imponérsele una infracción muy grave, que puede alcanzar los 30 millones de euros.

18º) Que no lleve aparejada ninguna contraprestación económica las cesiones de energía eléctrica generada en el interior de la red y que no pueda ser consumida en cada instante en el punto de suministro o instalación, por parte de un consumidor acogido a una modalidad de suministro con autoconsumo.

19º) Que es absurdo, injusto e inmoral que tengas que abonar a las Eléctricas, 8,2 céntimos por cada kW que consuman los módulos fotovoltaicos y 10,8 céntimos si el pro-consumidor ha contratado discriminación horaria.

20º) Que se pongan trabas administrativas al Autoconsumo y peajes excesivos o absurdos incrementando de este modo:
a) el desempleo.
b) la elevadísima dependencia energética del exterior, aumentando las importaciones de carburantes con las consiguientes salidas de dinero al exterior en vez de fomentar el ahorro y la eficiencia energética.
En definitiva que el espíritu del legislador en esta Propuesta de Real Decreto de Autoconsumo no es el recaudatorio sino el de impedir el desarrollo del autoconsumo fotovoltaico en España para no mermar los ingresos de las Grandes Eléctricas. Es un claro caso de cohecho político-eléctrico que la Fiscalía Anticorrupción debería investigar de oficio.

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