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La certificación energética posibilitará que los inmuebles lleguen a ser autosuficientes.

18-4-13. Carlos Mateu
jueves, 18 abril 2013.
Carlos Mateu
La certificación energética posibilitará que los inmuebles lleguen a ser autosuficientes.
Suelo Solar entrevista a D. Ismael Trillo Alonso, Arquitecto Tecnico, Ingeniero de Edificacion, certificador Energetico, quién comparte su visión práctica de la certificación energética con nuestros lectores.

Buenas tardes Ismael:

Agradecerte tu presencia en el día de hoy.
El objeto de esta entrevista es conocer tu opinión sobre la aplicación práctica que va a tener en España.

El pasado día 13 de abril, se promulgó en el BOE el
Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. A raíz de este Real Decreto, a partir del próximo 1 de junio, los propietarios de los inmuebles deberán disponer y registrar en su Comunidad Autónoma el certificado de eficiencia energética para vender o alquilar los mismos.

Y no sólo deben disponer y registrar los propietarios de inmuebles destinados a la venta o arrendamiento estos certificados...deberán publicitarlos. En esta línea las agencias inmobiliarias, tanto en sus escaparates, como en sus Webs, así como en los portales de internet inmobiliarios, se deberá publicitar la etiqueta energética de los inmuebles objeto de compraventa o arrendamiento. Algo totalmente revolucionario en el sector inmobiliario español...

Para los que no conozcan a D. Ismael, decir que es arquitecto técnico, ingeniero de edificación y experto en certificación energética. Su misión en esta entrevista, es compartir con todos nuestros lectores su visión práctica de la certificación y de la etiqueta energética de los inmuebles....

Si te parece bien Ismael, comenzamos con la entrevista....


P.- ¿Consideras que el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, va a potenciar la eficiencia energética de los inmuebles?

R.- Sin duda, el 85% de lo edifcios construidos en España antes del año 2007 van a tener una calificacion energetica baja entre las letras E,F,G.
Muchas de ellas se construyeron sin tener en cuenta ninguna normativa de eficiencia energetica. Eso va a desembocar en que para hacerlas más atractivas para su venta o alquiler deban acometer reformas para mejorar su calificacion energetica.

P.- Hemos tenido conocimiento que algunas entidades bancarias están contactando con expertos en certificación energética habilitados legalmente  para que a su cartera de inmuebles embargados les presten este servicio por 25 € por certificado, sin incluir los costes de visado y Registro… ¿crees que con 25 euros, se pueden cubrir los costes de desplazamiento, de estudio, de redacción, etc, etc…? ¿Qué opinas de estas propuestas económicas que algunos  bancos están haciendo para cumplir esta exigencia legal?

R.- Un certificado energético lleva una media e 14 horas de trabajo, más gastos de desplazamiento. Un certificado energético a 25 € conllevará con total seguridad una calificación energética errónea y más baja de lo que sería si en realidad se hace como se debe: visitando el inmueble, tomando datos, levantando planos y haciéndo finalmente el informe. El precio medio para una vivienda de 90 m2 es de 250 €.

P.- Según la norma que regula la Certificación energética en los inmuebles, el resultado de la calificación energética no implica la obligatoriedad de realizar obras de mejora. ¿Consideras que para una calificación negativa tipo F o G debería ser obligatorio que el propietario, -salvo que acredite falta de capacidad económica-, proceda a acomodar la vivienda a un estado energético aceptable?

R.- Será el siguiente paso, a partir del año 2020 toda obra nueva deberá ser autosufiente. Los inmuebles existentes en un plazo no muy posterior a esa fecha deberan ser mínimo B, si no al tiempo...
 
P.- El legislador ha querido en este nuevo Real Decreto de Certificación Energética que la etiqueta energética sirva para que arrendatario o comprador puedan negociar su precio, comparar con otros inmuebles, y elegir éste. ¿Consideras que realmente ello se conseguirá?.

R.- Desde luego ese es uno de lo objetivos del Real Decreto. Todo lleva su tiempo, mediante la oportuna informacion del ahorro energetico que supone tener un inmueble con mejor calificacion que otro.

P.- Al ser contabilizable el ahorro energético, merece la pena acometer una obra de rehabilitación amortizando de este modo el elevado coste del mayor consumo energético?

R.- Desde luego, es una inversion que se amortiza a medio plazo. Dada la situacion actual se debe facilitar el acceso al credito o arbitrar actuaciones que animen a los propietarios a decidirse por acometer obras de reahbilitacion energetica.


P.- Si un propietario de una vivienda, obligado a contar con certificado energético, sustituye las ventanas viejas (de por ejemplo marco de madera), por unas mejores aluminio de doble acristalamiento,… según el Real Decreto de Certificación Energética de inmuebles, no está obligado a actualizar el certificado de eficiencia energética… pero… ¿crees que le merece la pena por esta mejora de rehabilitación proceder a la actualización de su etiqueta energética?.

R.- Si las obras realizadas mejoran la calificacion energetica en más de dos niveles, he de decir que aunque no sea obligatorio actualizar su etiqueta energetica, si que es muy recomendable por el escaso costo que supune en relacion con las grandes beneficios que va obtener a la hora de facilitar su venta o alquiler.


Muchas gracias D. Ismael. Sin duda alguna, la etiqueta energética, va a dar un valor diferente a los inmuebles que hasta la fecha los ciudadanos desconocían.

Un inmueble por muy bonito que sea ó nos parezca a primera vista, no significa por ello, que sea un inmueble eficiente energéticamente y eso es lo que el legislador, como muy bien has explicado a nuestros lectores, trata de explicar con ésta norma.
Desde este lugar de encuentro de entrevista ofrecemos a nuestros lectores la posibilidad de contactar directamente con el entrevistado cumplimentando debidamente la siguiente tabla de recogida de datos:

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