Suelosolar prevé posicionarse en 62 países que llevan a cabo desarrollos en el sector solar, con contenido específico de cada uno: normativa, jurisprudencia, noticias forales, artículos de opinión, presupuestos, foros específicos, etc.
Tras inaugurar Suelosolar el pasado 10 de agosto de 2008, Día de San Lorenzo (Día del Sol) su portal de energía solar, tanto térmica cómo fotovoltaica, ha logrado ampliar su ámbito de difusión posicionándose en 22 países del mundo, encontrándose algunos de éstos desarrollando politicas energeticas. De esta forma, Suelosolar, ofrece contenidos especificos para cada microsite, pudiendo por ejemplo un promotor argentino:
- conocer las noticias más relevantes y destacadas de la energía solar de su pais.
- dar atenta respuesta a las solicitudes de presupuestos de energía solar.
- Participar en el foro jurídico de Suelosolar.
- y disfrutar de los idénticos y amplios servicios informativos que ofrece Suelosolar en España.
Por ello, Suelosolar se posiciona cómo el primer portal de energía solar internacional, que prevé contenidos especificos para cada uno de los países de implantación, propiciando un foro de encuentro donde compartir experiencias y conocimiento.
Ver ejemplo de Suelo Solar Argentina.
El objetivo está en llegar a los 62 países que a día de hoy figuran en su directorio empresas de energía solar.
Para finalizar, señalar que el fin último que se persigue es dotar de información tanto al usuario cómo al profesional del estado actual de la energía solar en cada país, y buscar la colaboración y el intercambio de información a nivel internacional.
Invitar a las empresas solares a que de forma gratuita cursen el alta de sus delegaciones y filiales extranjeras en nuestro Directorio internacional (más info aquí)
Nos preocupa la actual agenda de transición energética que, lejos de responder a las actuales urgencias, profundiza en los mismos mecanismos que nos han llevado a esta crisis ecológica y social. El manifiesto está disponible en la web para firmar.
La nueva directiva, aprobada el 12 de marzo afecta a todos los Estados Miembros de la UE, que están obligados a incorporar sus disposiciones en sus respectivos ordenamientos jurídicos nacionales en un plazo máximo de 24 meses.