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Ni las Eléctricas ni la CNE se esfuerzan por ofrecer al ciudadano la información de la garantía de origen de la energía.

10-1-13. Carlos Mateu
jueves, 10 enero 2013.
Carlos Mateu
Ni las Eléctricas ni la CNE se esfuerzan por ofrecer al ciudadano la información de la garantía de origen de la energía.
El Oligopolio eléctrico español se ha ganado a pulso la fama de ocultar y dar poca «Luz» al consumidor sobre los conceptos de su factura eléctrica. Asimismo tampoco interesa mostrar al consumidor la garantía de origen de la energía comercializada.

Tras consultar a la Comisión Nacional de Energía (CNE) en relación a la falta de información existente correspondiente a las compañías eléctricas  comercializadoras respecto al porcentaje procedente de energías renovables, cogeneración, nuclear, etc…sorprende comprobar que reconocen la  imposibilidad tanto material como técnica de contar con esa información actualizada.

Revisando el marco legal vemos que esta información debería de estar disponible ya que según el marco legal vigente toda empresa comercializadora que venda electricidad a clientes finales deberá reflejar, de acuerdo a la Disposición final única de la Orden ITC/1522/2007, de 24 de mayo, por la que se establece la regulación de la garantía del origen de la electricidad procedente de fuentes de energía renovables y de cogeneración de alta eficiencia, el número de garantías de origen que se hubieran redimido a favor de cada uno de sus clientes durante el año anterior.

Según la CNE la empresas eléctricas suelen reflejar su mix de energía en su informe anual, pero muchas de ellas no lo hacen con el ánimo de ocultarlo.

Asimismo nos sorprende que de cara al ciudadano, la CNE remita a los ciudadanos a estos Informes anuales de las compañias eléctricas ya que no son fácilmente conocibles y alimentan el "oscurantismo" del sistema eléctrico español.
 
Por otra parte, hemos de señalar que la Disposición final única de la Orden ITC/1522/2007  se refiere a la  información que deben reflejar las empresas comercializadoras que vendan electricidad a clientes finales en sus facturas, en las facturas de cada cliente. La citada Disposición señala:

 " Disposición final única. Detalle de las garantías de origen en las facturas de los comercializadores a los clientes finales, de acuerdo con el artículo 110 bis del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica

1. La información que, de acuerdo con el apartado 2 del artículo 110 bis del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en su redacción dada por el Real Decreto 616/2007, de 11 de mayo, sobre fomento de la cogeneración, debe reflejar toda empresa comercializadora que venda electricidad a clientes finales en sus facturas, se calculará a partir de la mezcla global de generación indicada en el párrafo a) del apartado 1 del citado artículo 110 bis de la que se deducirá la parte correspondiente a las garantías de origen totales emitidas y, en su caso, se incluirá la correspondiente a las garantías de origen adquiridas por dicha empresa. Igualmente dicha información, para cada cliente, debe reflejar, en su caso, el número de garantías de origen que se hubieran redimido a su favor durante el año anterior.

2. Por otro lado, las informaciones a que se hace referencia en los apartados 1 y 2 del artículo 110 bis citado, relativas a la producción energética del año anterior, serán reflejadas en las facturas de los clientes desde el mes de abril, una vez se hayan emitido las garantías de origen correspondientes al año anterior, y hasta el mes de diciembre.

A causa de la falta de información existente durante los meses de enero a marzo, ambos inclusive, respecto del año anterior, durante esos tres meses se reproducirá la misma información que en los meses precedentes.

En España, sólo las comercializadoras de energía verde como Gesternova dejan claro antes de la contratación el origen de la energía que suministran a sus Clientes.

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