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La CNE propone un mecanismo que establece el servicio de garantía de suministro.

13-12-12. Carlos Mateu
jueves, 13 diciembre 2012.
Carlos Mateu
La CNE propone un mecanismo que establece el servicio de garantía de suministro.
La CNE ha aprobado una propuesta de mecanismo por el que se establece el servicio de garantía de suministro, cumpliendo con la Orden ministerial de 2011. Se realizó una consulta pública entre mayo y junio de 2012 en la que se recibieron 26 aportaciones.

El contexto energético español se caracteriza por la alta penetración de las energías renovables, una evolución negativa de la demanda de electricidad (desde octubre de 2008) y una importante incorporación de ciclos combinados al sistema. Esto ha conducido al exceso de capacidad de generación eléctrica actual. Sin embargo, no se permite la hibernación temporal de las centrales de generación que sí se permite en otros países europeos. Por otra parte, existe una alta participación de energías renovables no gestionables y las centrales marginales tienden a presentar un funcionamiento reducido orientado básicamente a ser “back-up” de dichas tecnologías. Esto ha empeorado por el impacto del mecanismo de restricciones por garantía de suministro que ha motivado un desplazamiento de las centrales de ciclo combinado en favor de un mayor funcionamiento de las centrales de carbón autóctono.

Desde la CNE se propone una revisión del mecanismo de capacidad actual, pero manteniendo en cualquier caso los criterios de estabilidad que debe respetar un mecanismo de este tipo. Así, el propio mercado ajustará en cada momento los posibles excesos de capacidad. Dicho mecanismo se utiliza como complemento al mercado de “sólo” energía, para incentivar la inversión y la disponibilidad de generación para cubrir la demanda en horas de punta del sistema a precios razonables. Su uso se justifica por la existencia de un precio máximo en el mercado de producción que no permite reflejar el coste de oportunidad de la energía en periodos de escasez, una reducida interconexión con Europa, y la alta participación de energías renovables. Por eso, España cuenta desde la liberalización con un mecanismo de capacidad para garantizar el suministro a medio y largo plazo. Adicionalmente, para dar mayor eficiencia al diseño actual, se propone permitir la hibernación de las centrales de generación en periodos anuales, siempre que la seguridad de suministro no se vea afectada.

La Comisión considera que el mecanismo de capacidad debería garantizar la cobertura de la demanda en el largo plazo con nuevas inversiones en capacidad, e incentivar a las instalaciones actuales a estar disponibles en el medio plazo en los momentos en los que el sistema más lo necesita, aquellos en los se precisa de un mayor apoyo de las tecnologías de “back-up” de las energías renovables.

Así, la propuesta mantiene un servicio de garantía de suministro basado en:

1) “Incentivo a la inversión”: Aunque no se aprecia que haya que incorporar nueva capacidad de generación para cumplir los criterios de garantía de suministro en el medio plazo, se considera necesario establecer las bases de un mecanismo que atraiga esta inversión en el momento que se necesite. Por ello, se propone fomentar la inversión en nueva capacidad mediante un mecanismo de mercado centralizado, es decir, una subasta “organizada”, que será utilizada solo cuando se prevea un problema de cobertura de demanda. No obstante, para las centrales que actualmente están percibiendo este incentivo a la inversión, se propone su mantenimiento hasta su extinción, dando así estabilidad y continuidad a las inversiones ya realizadas.

2) “Incentivo por disponibilidad”: dado el grado de concentración de la potencia gestionable existente, es posible que no hubiera un entorno de suficiente presión competitiva para desarrollar la adquisición de este servicio mediante un mecanismo de mercado, por lo que se propone el uso de un pago regulado para retribuirlo.

Este pago se calcularía “ex ante” teniendo en cuenta una estimación del coste de oportunidad de mantener disponibles las centrales de la tecnología marginal y la potencia necesaria para dar respaldo a las renovables en condiciones adversas. Este pago regulado se repartiría “ex post” según la potencia gestionable que se encuentre disponible en los periodos en los que el sistema más la necesite. Así, se incentivará llevar a cabo una gestión de los contratos de aprovisionamiento, de los mantenimientos y de los embalses que se adecúe a las necesidades reales del sistema.

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