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Concurso público de instalaciones fotovoltaicas llave en mano en Gipuzcoa.

4-8-11. Juan Alcolado
jueves, 4 agosto 2011.
Juan Alcolado
Acceso restringido
Régimen de compraventa de instalaciones fotovoltaicas y concesión administrativa de dominio público sobre los techos de los edificios del polideportivo y el gimnasio para la ubicación en los mismos de las instalaciones fotovoltaicas de 20 kW y 15 kW.

AYUNTAMIENTO DE XXXXXXXXX
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El Pleno del Ayuntamiento de XXXXXXXXX, en sesión celebrada el 11 de abril de 2011, acordó entre otras cosas:
Aprobar definitivamente los Pliegos de Condiciones Legales, Económicas y Administrativas para la adjudicación en régimen de compraventa de instalaciones fotovoltaicas y concesión administrativa de dominio público sobre los techos de los edificios del polideportivo y el gimnasio para la ubicación en los mismos de las instalaciones fotovoltaicas de 20 kW (cubierta del polideportivo) y 15 kW (cubierta del edificio destinado a gimnasio).
El plazo para presentar la solicitud y la documentación para participar en el proceso de adjudicación concluirá el 30 de setiembre de 2011.
Pliegos de bases para la admisión y selección de los compradores de las instalaciones y concesionarios del dominio publico de las instalaciones fotovoltaicas instaladas en los techos de los edificios del Polideportivo y el Gimnasio Municipales.
I. Objeto de los pliegos. Características de las instalaciones a alquilar.
Es objeto de los presentes Pliegos la regulación del procedimiento de selección para adjudicar, en régimen de compraventa las instalaciones fotovoltaicas consistentes en (para cada instalación):
1 módulo Marca REC, modelo REC 230 PW, de Silicio Policristalino y 230 watios de potencia individual, y 1/182ava parte, correspondiente a la parte alícuota de la estructura metálica de sujeción, cableado eléctrico y transformador de corriente de la instalación.
La compraventa y la concesión se formalizarán a favor de una Agrupación de Interés Económico que los adjudicatarios se obligan a constituir, y que será la que gestione las instalaciones.
El Ayuntamiento de XXXXXXXXX se obliga a transmitir a favor de la Agrupación de Interés Económico que se constituya por los adjudicatarios la propiedad de las instalaciones, la concesión de dominio público para el uso de las cubiertas de los edificios, y el conjunto de autorizaciones administrativas y contratos previos vinculados a las instalaciones fotovoltaicas.
Las características de las instalaciones se especifican en la documentación técnica que se adjunta como Anexo I.
II. Concesión de dominio público.
El contrato de concesión de dominio público se realizará por un plazo de veinticinco años, y se integrará en el contrato en que se formalice la compraventa de la instalación fotovoltaica en documento administrativo.
La concesión habilita a la Agrupación de Interés Económico que constituyan los adjudicatarios a mantener la instalación en
los techos de los edificios por un plazo de veinticinco años.
A la finalización de la concesión, las instalaciones fotovoltaicas adquiridas pasarán a la titularidad del Ayuntamiento de XXXXXXXXX si no se retiran por los adquirentes en el plazo de un mes desde el vencimiento del plazo, siendo de cuenta y cargo de los adquirentes todos los gastos derivados de la reseñada retirada, y teniendo cada uno de ellos derecho a retirar el número de paneles que corresponde a las instalaciones adjudicadas.

Para más información acceda al pdf adjunto de acceso restringido para Clientes de Suelo Solar.
Acceder a la Base de Datos de Concursos Públicos aquí.

Fecha límite: 30/08/2011
Importe Base: No figura.

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