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El Tipo II de la Q4 de 2010, se incrementa con 22,9 Mw a favor de los productores fotovoltaicos no inscritos.

5-7-11. Carlos Mateu
martes, 5 julio 2011.
Carlos Mateu
El Tipo II de la Q4 de 2010, se incrementa con 22,9 Mw a favor de los productores fotovoltaicos no inscritos.
Muchos productores fotovoltaicos sobre terreno que en Q4 de 2.010 no resultaron inscritos, pasando a la Q1 y Q2 de 2011, estan de suerte toda vez que los 22,9 Mw de Solidaridad Solar pasan a la Q2 de 2.009, sin incrementar ese cupo.

Como antecente cabe destacar que tras que el Ministerio de Industria incluyera en los Listados Definitivos de  la Q4 de 2.010 los proyectos fotovoltaicos de Solidaridad Solar con una potencia de 22,9 Mw, muchos promotores y productores fotovoltaicos recurrieron la Resolución.

ante el Secretario de Estado de Energía del Ministerio de Industria, en base a que las fechas de ordenación de la Autorización Adinistrativa y la Licencia Municipal eran presuntamente erróneas.

A su vez y tras 15 dias de que se asignara a Solidaridad Solar la Q4 de 2010, con un total de 22,9 Mw, ya tenia esta promotora fotovoltaica interpuestos 14 recursos, que fueron estimados en sus pedimentos, entrando todos los proyectos fotovoltaicos a la Q2 de 2.009.

En respuesta a los recursos de los productores fotovoltaicos que se consideraron perjudicados por los proyectos inscritos de Solidaridad Solar, esta empresa contestó señalando que no estaba en esa Convocatoria si no en la Q2 de 2.009.

Finalmente desde el Ministerio de Industria se han estimado parcialmente los recursos confirmando que los 22,9 Mw de los proyectos de Solidaridad Solar quedan finalmente inscritos en la Q2 de 2.009.
Aunque los cupos de la Q2 sobre terreno de 2.009 quedaron cubiertos en su totalidad, el que los proyectos de Solidaridad Solar pasen a integrarse en esta Convocatoria ello no influye ya que según  el actual marco normativo vigente, el Ministerio de Industria esta facultado para incluir  ó incrementar "cupos a mayores" cuando suceda una causa como ésta que provenga de los diferente recursos ó en su caso sentencias que se puedan producir.

Es por ello por lo que quedan inalterados los Listados de la Q2 de 2009, y posteriores hasta la Q4 de 2010, convocatoria ésta que se ve mejorada en el sentido de que los proyectos incluidos en convocatorias posteriores pasaran a formar parte de ésta hasta el límite dónde alcance el cupo.

De este modo, se faculta a la Dirección General de Política Energética y Minas para que pueda realizar la inscripción en el Registro de Preasignación de la Cuarta Convocatoria de 2.010 de las instalaciones sucesivas que por su fecha de ordenación esten comprendidas dentro del cupo de potencia que se queden sin adjudicar, resultando que los primeros 22,9 Mw de la Q1 de 2011 pasan a integrarse en la Q4 de 2.010.

Como todos conocemos "el redondeo" de las instalaciones fotovoltaicas son al alza, con lo que no sólo pasaran 22,9 Mw, si no que por 400 kW de una instalación fotovoltaica de 4 Mw que se encuentra en los listados definitivos de la Q1 de 2.011 pasaran a la Q4 de 2.010 cerca de 27 Mw.

Por lo tanto, durante estas fechas, y desde el Ministerio de Industria al no figurar ya los 22,9 Mw en la Q4 de 2010, gran parte de los proyectos que resultaron inscritos ó inadmitidos en la Q1 de 2.011 pasaran a inscribirse en la Q4 de 2.010, mejorando la tarifa que se les asignó en su momento.

Es una gran noticia para el sector fotovoltaico, que logra dos cosas muy importantes:
1º- dejar claro que Solidaridad Solar no cometió ningún fraude en relación a otros derechos que se posicianaban en sus recursos como preferentes, y
2º- posibilitar mejores condiciones de financiación y rentabilidad a todos aquellos proyectos que de no suceder este hecho pasarían a inscribirse en la Q1 de 2.011 con menor tarifa ó en su caso a partir de la Q2 de 2.011, momento en el que como conocemos se aplican la reducciones retributivas previstas en el RD 1565 del 45%, 25% y 5%, para suelo, gran cubierta y pequeña cubierta, respectivamente.
 

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