Solicitar presupuesto Autoconsumo
Puntos de acceso disponibles para conexión

Las 15 preguntas más frecuentes en materia de regulación eléctrica de México.

14-4-11. Carlos Mateu
jueves, 14 abril 2011.
Carlos Mateu
Las 15 preguntas más frecuentes en materia de regulación eléctrica de México.
La Comisión Reguladora de Energía de México ofrece respuesta a todas las preguntas de los productores de energias renovables: su marco jurídico, los pasos para generar energía, etc.

1. ¿Cuál es el marco jurídico que regula la actividad de energías renovables?
Una de las atribuciones de la Comisión Reguladora de Energía es la de aprobar modelos de convenios y contratos de adhesión para la realización de las actividades reguladas, marco dentro del cual la Comisión ha aprobado instrumentos legales que norman el sector de la electricidad en México y que promueven el desarrollo de fuentes de energías renovables, en específico la generación con energía eólica, solar e hidroeléctrica. Dicha regulación puede ser consultada en las siguientes direcciones electrónicas:
 http://www.cre.gob.mx/articulo.aspx?id=184  http://www.cre.gob.mx/pagina_a.aspx?id=23
2. ¿Cuál es el objeto de la Ley para el Aprovechamiento de las Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética (LAERFTE) y su Reglamento?
La LAERFTE fue publicada el 28 de noviembre de 2008 y el Reglamento el 2 de septiembre de 2009 en el Diario Oficial de la Federación, y se pueden consultar en las siguientes páginas electrónicas:
 http://www.cre.gob.mx/documento/1523.pdf (LAERFTE)  http://www.cre.gob.mx/documento/1570.pdf (RLAERFTE)
El objeto de la Ley es regular el aprovechamiento de fuentes de energía renovables y las tecnologías limpias para generar electricidad con fines distintos a la prestación del servicio público de energía eléctrica, así como establecer la estrategia nacional y los instrumentos para el financiamiento de la transición energética.
3. Derivado de la publicación de la LAERFTE y su Reglamento, ¿Cuáles son las nuevas atribuciones de la CRE, en materia de energías renovables?
• Expedir las normas, directivas, metodologías y demás disposiciones de carácter administrativo que regulen la generación de electricidad a partir de energías renovables, de conformidad con lo establecido en esta Ley, atendiendo a la política energética establecida por la Secretaría;
• Establecer, previa opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Energía, los instrumentos de regulación para el cálculo de las contraprestaciones máximas por los servicios que se presten entre sí el Suministrador y los Generadores Renovables o Cogeneradores Eficientes;
• Solicitar al Suministrador la revisión y, en su caso, la modificación de las reglas de despacho, para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Ley;
• Solicitar al Centro Nacional de Control de Energía la adecuación de las reglas de despacho para garantizar el cumplimiento de la Ley;
 • Expedir las metodologías para determinar la aportación de capacidad de generación de las tecnologías de energías renovables al Sistema Eléctrico Nacional;
• Expedir las reglas generales de interconexión al Sistema Eléctrico Nacional que le deberán proponer los Suministradores, escuchando la opinión de los Generadores;
• Expedir los las directrices a que se sujetarán los modelos de contrato, procedimientos de intercambio de energía y los sistemas correspondientes de compensaciones, para todos los proyectos y sistemas de autoabastecimiento, cogeneración o pequeña producción por energías renovables, que estén conectados con las redes del Sistema Eléctrico Nacional;
• Expedir los lineamientos para la expedición de las licitaciones para proyectos de Generación Renovable y Cogeneración Eficiente, y
• Emitirá disposiciones de carácter general para regular el acceso de nuevos proyectos de generación a la infraestructura de transmisión.
4. ¿Qué participación tiene la CRE para proyectos eólicos e hidráulicos en la generación de energía eléctrica?
Otra atribución de la CRE, de conformidad con la Ley de la misma, los artículos aplicables de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y su Reglamento, es la de otorgar permisos para la generación de energía eléctrica que no se considera servicio público, los cuales pueden contemplar el desarrollo de proyectos eólicos e hidráulicos.
Por otra parte, de conformidad con las leyes y el reglamento a que se hace referencia en el párrafo anterior, se aprueban los modelos de convenios y contratos de adhesión para la realización de las actividades reguladas, marco dentro del cual la Comisión ha aprobado instrumentos legales, que norman el sector de la electricidad en México y que promueven el desarrollo de fuentes de energías renovables, que incluyen la generación con energía eólica.
5. ¿Dónde puedo acudir para celebrar un contrato de interconexión para fuente de energía renovable?
La   Dependencia    u   Organismo    al    cual    pertenece   el    trámite “contrato  de  interconexión”  corresponde a  la Comisión  Federal de Electricidad (CFE) y en la página web de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER), en el link “Buscador de Trámites y Servicios Federales”, se encuentra información relacionada al trámite.  http://www.cofemer.gob.mx/BuscadorTramites/BuscadorGeneralH  omoclave.asp
6. ¿Dónde puedo acudir para celebrar un contrato de interconexión para fuente de energía solar a pequeña escala?
La Dependencia u Organismo al cual pertenece el trámite “contrato de interconexión para fuente de energía solar a pequeña escala” corresponde a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y en la página web de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER), en el link “Buscador de Trámites y Servicios Federales”, se encuentra información relacionada al trámite.  http://www.cofemer.gob.mx/BuscadorTramites/BuscadorGeneralHomoclave.asp
7. ¿Cuántos y cuáles son los permisos otorgados a particulares para generación de energía eléctrica?
Puede consultar y extraer información relativa a los permisos otorgados por la Comisión, en las diferentes modalidades contempladas en la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y su Reglamento, en las siguientes direcciones electrónicas:
 http://www.cre.gob.mx/articulo.aspx?id=171  http://www.cre.gob.mx/permisose.aspx
Encontrará la información presentada por las modalidades de autoabastecimiento, cogeneración, importación, producción independiente, exportación, pequeña producción, usos propios continuos (otorgados antes de 1992).
8. ¿Cuántos permisos de generación de energía eléctrica con fuente de energía renovable ha otorgado la CRE?
Puede consultar y extraer información relativa a los permisos otorgados por la Comisión, en las diferentes modalidades contempladas en la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y su Reglamento, en la siguiente dirección electrónica:  http://www.cre.gob.mx/articulo.aspx?id=171
9. ¿Cuántos permisos de generación de energía eléctrica ha otorgado la CRE en las modalidades de autoabastecimiento y cogeneración?
Puede consultar y extraer información relativa a los permisos otorgados por la Comisión, en las diferentes modalidades contempladas en la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y su Reglamento, en la siguiente dirección electrónica:  http://www.cre.gob.mx/articulo.aspx?id=171
10. ¿Dónde puedo encontrar información referente a algún permiso de generación de energía eléctrica otorgado por la CRE?
Puede extraer información relativa a los permisos otorgados por la Comisión, en las siguientes direcciones electrónicas:  http://www.cre.gob.mx/pagina_a.aspx?id=6  http://www.cre.gob.mx/permisose.aspx  http://www.cre.gob.mx/articulo.aspx?id=171
11. ¿Cuáles son los requisitos que se deben cumplir para solicitar a la Comisión Reguladora de Energía, la terminación de un Permiso para generar o importar energía eléctrica?
• Elaborar una carta, signada por el representante legal de la Permisionaria, dirigida al Director General de Electricidad de la CRE, en donde solicite la terminación del Permiso que corresponda, debido a que renuncia a los derechos derivados del mismo. Explicar brevemente las causas por las que renuncia al permiso.
• Presentar copia certificada del Poder Notarial del representante legal de la Permisionaria, si éste obra en los expedientes de la CRE manifestarlo en la misma carta.
• Presentar la información y documentación en la Oficialía de Partes de la CRE, Horacio 1750, Colonia Los Morales Polanco, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., C.P. 11510
• Se sugiere revisar que las obligaciones derivadas del Permiso hayan sido cumplidas (informes trimestrales de operación eléctrica, pago de derechos por la supervisión del Permiso, etc.)
12. ¿Cuáles son los montos a pagar para cubrir el derecho por la supervisión de los permisos de energía eléctrica para el ejercicio 2010?
Con fecha 27 de noviembre de 2009, en el Diario Oficial de la Federación se publicaron las reformas a la Ley Federal de Derechos, mencionando en su artículo 56, fracción II lo siguiente:
“Por la supervisión de los permisos de energía eléctrica, se pagará anualmente el derecho de supervisión, conforme a las siguientes cuotas:
a). Hasta 3 MW . $14,000.00
b). Mayor a 3 y hasta 10 MW $76,740.00
c). Mayor a 10 y hasta 50 MW $189,276.00
d). Mayor a 50 y hasta 200 MW  $312,772.00
e). Mayor a 200 MW $951,265.00”  http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/107.pdf
13. ¿Cuál es el procedimiento para realizar el pago por concepto de supervisión de permisos de energía eléctrica?
El permisionario deberá ingresar al sistema “Esquema electrónico e5cinco” de la CRE a través de la siguiente liga:  www.cre.gob.mx/pago, para generar la hoja de ayuda correspondiente, misma que reemplaza al formato de pago SAT 5. Una vez dentro del sistema debe seguir los siguientes pasos:
Paso 1: Dar click en “siguiente”.
Paso 2: Dar click en “electricidad”.
Paso 3: Seleccionar la opción de trámite “supervisión de los permisos de energía eléctrica” y click en “siguiente”.
Paso 4: Introducir número del permiso (E/número/modalidad/año; ej. E/959/AUT/2002) y click en “validar”.
Paso 5: Seleccionar “persona moral” e introducir RFC de la empresa y click en “siguiente”
Paso  6:  Seleccione  el  ejercicio  fiscal  que  adeude  (2007,  2008,2009 ó 2010) y click en “siguiente”.
Paso 7: Observe el desglose del monto a pagar y luego dar click en “siguiente”.
Paso 8: Dar click en “generar hoja de ayuda” y después de unos segundos aparecerá un mensaje de seguridad en la parte superior de la página (justo arriba del logo de la CRE), que menciona lo siguiente “Para ayudar a proteger su seguridad, Internet Explorer no permitió que este sitio descargara archivos en su equipo. Haga click aquí para ver opciones…” entonces dar click derecho y seleccionar la opción de “descargar archivo…”
Una vez descargada la hoja de ayuda en formato pdf deberá verificar los datos de contenidos e imprimirla para posteriormente realizar su pago en ventanillas de cualquier banco o si gusta también por transferencia electrónica.
Nota: el formato SAT 5 (hoja rosa) ya no es vigente, por lo cual todo pago realizado a través de este formato será rechazado. Deben apoyarse únicamente del sistema electrónico mencionado.
14. ¿A favor de quién debe expedirse el cheque?
Los cheques para pagos en ventanilla deben ir a nombre de la Tesorería de la Federación. La CRE no se encarga de recaudar los montos, únicamente de vigilar que los pagos se realicen correctamente.
En caso de requerir datos fiscales de la Tesorería de la Federación deberá consultarlos directamente con el SAT.
15. ¿Qué documentos hay que presentar ante la CRE una vez realizado el pago?
•    Escrito libre dirigido a la Comisión Reguladora de Energía, señalando que han cumplido y presentado su pago, firmado por su representante legal.
•    Copia simple del recibo de pago generado por el banco.
•    Copia simple de la hoja de ayuda generada a través del
Sistema Electrónico e5cinco.
Nota: estos documentos podrán ser presentados físicamente en la oficialía de partes de la CRE (Av. Horacio #1750, Col. Los Morales Polanco, Del. Miguel Hidalgo, México D.F, C.P. 11510) o enviarlos vía electrónica a los correos:
 bbautista at cre.gob.mx y/o lbarriga at cre.gob.mx

Tu valoración:

Total Votos: 1
1 Participantes
Media: 1,00 / 5

De interés

Premios Green CommYOUnity premiarán a las comunidades energéticas con más impacto social y ambiental en España

Junto con Grupo MET, ECODES lanza la primera edición de los Premios Green CommYOUnity, que repartirán 25 000 euros entre las dos propuestas ganadoras.

Premios Green CommYOUnity premiarán a las comunidades energéticas con más impacto social y ambiental en España

Orden TED/345/2024 para regular la concesión de acceso a la red a instalaciones de generación o almacenamiento síncronos en nudos de transición justa

Los proyectos deberán cumplir requisitos mínimos de creación de empleo y autoconsumo proporcionales a la capacidad de acceso solicitada; por ejemplo, cada MW de capacidad de acceso debe traducirse en la instalación de 2 kW de autoconsumo.

Orden TED/345/2024 para regular la concesión de acceso a la red a instalaciones de generación o almacenamiento síncronos en nudos de transición justa

SL RANK

MERCADO ELÉCTRICO

0.0062   €/MWh

23/04/2024