No era de extrañar el que el Ministerio de Industria MODIFICARA el plazo de presentacion de Solicitudes de la Segunda Convocatoria, dado el incumlimiento del plazo de resolución de la Primera Convocatoria.
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, considerando la enorme cantidad de solicitudes presentadas en la primera convocatoria del procedimiento, muy superior a las estimaciones realizadas y cuya potencia total es más de ocho veces superior al cupo previsto, ha visto necesario modificar el calendario previsto para adecuar la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la segunda convocatoria de 2009 a fecha posterior a la de la resolución de la anterior.
La ampliación del plazo de presentación de solicitudes a la segunda convocatoria, la efectúa el Ministerio de Industria mediante la modificación del anexo III Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, en virtud de la habilitación otorgada en la disposición final segunda del citado real decreto al Ministro de Industria, Turismo y Comercio para modificar el contenido de sus anexos cuando el funcionamiento de pre-asignación de retribución así lo aconseje.
Por ello, es necesario modificar mediante la publicación de la Orden ITC/82/2009, de 30 de enero, el calendario para asegurar la participación de los promotores en condiciones de objetividad y transparencia.
En consecuencia, se modifica el apartado 4.ii del anexo III del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, que queda redactado como sigue:
«ii. Convocatoria 2.º trimestre de 2009.
Presentación de la solicitud:Entre el 16 de noviembre de 2008 y el quinto día hábil siguiente inclusive a la publicación de la resolución definitiva de la convocatoria correspondiente al primer trimestre de 2009.
Publicación del resultado del procedimiento de pre-asignación de retribución: Antes del 16 de abril de 2009.
De conformidad con el apartado 4.ii del anexo III del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, ahora reformado, para la segunda convocatoria de 2009:
TRAS LA MODIFICACIÓN OPERADA POR LA CITADA ORDEN ITC/82/2009, SUELOSOLAR LE INVITA A DESCARGARSE DE FORMA GRATUITA LA ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN DEL REAL DECRETO 1578/08 HACIENDO CLIC AQUI.
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