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Promein Abogados

Tras tanta RETROACTIVIDAD fotovoltaica ¿cuál es el camino a seguir?

26-12-10. Carlos Mateu
domingo, 26 diciembre 2010.
Carlos Mateu
Tras tanta RETROACTIVIDAD fotovoltaica ¿cuál es el camino a seguir?
Resulta complicada elegir la senda correcta tras ver a un Estado en bancarrota, que abusa de la Ley y del Derecho, y que intervenido por Europa se mueve por impulsos sin seguir ninguna lógica.

Desde que el pasado día 21 de junio del presente año el MITyC  anunciara por primera vez a las tres Asociaciones fotovoltaicas su amenazante intención de recortar las horas de Sol el sector ha vivido con perplejidad una total parálisis que ha llevado al cierre de cientos de empresas y al despido de más de 30.000 profesionales del sector. Nunca comprenderemos por qué el MITyC ha permitido desde septiembre de 2008 hasta hoy que las plantas irregulares sigan cobrando tarifa, y las que son conforme a Derecho se vean desde febrero de 2009 amenazadas por posibles recortes retroactivos. Las tres Asociaciones lograron demostrar su férrea unidad siendo las únicas que se sentaron en el Ministerio, oponiendose a negociación alguna. Las felicitamos por ello.
El  día 24 de diciembre pasará a la historia de la fotovoltaica, por la Felicitación Navideña de SS.MM  el Rey en forma de Real Decreto Ley castigando en fecha tan señalada a los productores fotovoltaicos  quienes en el año 2.008 llevaron a España a liderar a nivel Mundial el sector fotovoltaico gracias al Real Decreto 661/2007 firmado por él.
El premio y la felicitación navideña lo conforman: las normativas retroactivas que introducen recortes de horas de Sol, y cinco años de tarifa.
A partir del 1 de enero de 2011, la nula Política energética del Gobierno llevará a los productores a tener que refinanciar sus créditos y en su caso rentings ya que los ingresos medios anuales de una planta fotovoltaica no cubrirán durante 36 largos meses las cuotas mensuales de estos instrumentos financieros.
Si a partir del 1 de enero los productores logran ofrecer garantías suficientes como para refinanciar sus créditos para no sufrir ejecuciones o embargos,  se salvaran de que las eléctricas aprovechen tan penosa situación apropiándose de la Banca las plantas embargadas a condición de adquirirlas a buen precio y a una rentabilidad del 3 o 4%. Recordemos que este mismo Gobierno es el que ha conseguido que las entidades y Cajas de ahorro se dediquen ahora a la venta de pisos y próximamente, si nada ni nadie lo remedia, a la venta de plantas fotovoltaicas.

Respecto al recorte retroactivo de horas de producción, señalar que a raíz de la publicación del injusto y retroactivo Real Decreto Ley  14/2010 de 23 de diciembre, hasta el 31 de diciembre de 2013 las horas equivalentes de referencia para las instalaciones de tecnología solar fotovoltaica acogidas al régimen económico establecido en el Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial, serán las siguientes:

Es decir, que de conformidad con la Disposición Transitoria Segunda del citado Real Decreto Ley  las horas de producción que durante los años 2011 a 31 de diciembre de 2013 se recortarán y luego se reintegrarán en el patrimonio del productor a partir del año 26, se han calculdo por parte del MITyC en base al PER 2005-2010.
Recordemos que el PER 2005-2010:
a)    no es una Ley, si no un documento planificado que ha pasado por las manos del Consejo de Ministro pero que no esta publicado en el BOE.
b)    no tiene ningún efecto jurídico en el sector fotovoltaico, es una hoja de ruta pero sin la fuerza legal de obligar a los productores a estar y pasar por un número de horas reducido al real de la producción.
c)    erróneamente (sin tener en cuenta ninguna consideración de zona climática) determina que las horas equivalentes de funcionamiento de una instalación fotovoltaica sin seguidores, son 1.250 horas/año, y la de una instalación fotovoltaica con seguimiento solar ascienden 1.644 horas/año. Estos datos horarios que figuran en el Plan de Energías Renovables 2005-2010, como ya adelantó Promein Abogados el día de la amenaza ministerial, contiene un menor rango de aplicación que el anexo XII Real Decreto 661/2007 de 25 de mayo por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial, bajo el Título "Perfiles horarios para las instalaciones fotovoltaicas, hidráulicas y otras que no cuenten con medida horaria" que el citado Plan de Energías Renovables.
En consecuencia, el pretendido recorte de la producción de horas solares no lo debe plantear el MITyC en base a al Plan de Energías Renovables 2005, sino en "su caso", al citado anexo XII del Real Decreto 661/207 que determina el perfil horario de producción para las instalaciones fotovoltaicas, y el factor de funcionamiento para un perfil horario de una instalación fotovoltaica.

Todos conocemos la razón por la que el Sr. Ministro dota de mayor rango normativo a una simple hoja de ruta que a un Real Decreto: para dañarlo y expropiarlo.
A modo de resumen señalar que las horas de sol efectivas que figuran en las cinco zonas climáticas detalladas en la última página del citado Real Decreto 661/2007 son las siguientes:

                                Instalación fija     Instalación con seguidor

Zona I:.................. 1384,00 horas       x 1, 35 -1868, 4 horas
Zona II:................. 1529,13 horas       x 1, 35 - 2064, 32 horas
Zona III:................ 1676,93 horas       x 1, 35 - 2263, 85 horas
Zona IV:............... 1833,34 horas       x 1, 35 - 2475 horas
Zona V:................ 1969,07 horas       x 1, 35 - 2658, 24 horas

¿Y que sucederá cuando lleguemos al 31 de diciembre de 2013 y las plantas fotovoltaicas hayan sobrevivido? Pues que a  partir del año 2014 las horas equivalentes de referencia para estas instalaciones, en función de la zona solar climática donde se ubique la instalación, de acuerdo con la clasificación de zonas climáticas según la radiación solar media en España establecidas en el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, serán las siguientes:

Es un hecho notorio que esta Tabla no beneficia ni perjudica a todos por igual. Castiga a las instalaciones fijas, y discrimina unas frente a otras. Tampoco tiene en cuenta la calidad de la instalación ni la inversión en tecnología de primeras marcas y rendimientos. Lo que significa que este Real Decreto Ley esta redactado por un legislador lego en la materia y sin capacidad intelectual ni cognoscitiva como para culpar a la fotovoltaica de un imprevisto deficit tarifario ministerial.
La solución al problema del déficit tarifario ministerial era fácil y así la trasladó en su día D. Javier García Breva, Presidente de la Sección fotovoltaica de APPA, al Secretario de Estado de Energía (ahora candidato por sus "méritos" a Presidencia de IRENA) y al Ministro de Industria señalando: “que el coste de las renovables lo asuman las energías convencionales, y especialmente los hidrocarburos”.
En cambio el Ministro de Industria dentro de su incapacidad y absoluta incompetencia las únicas tres soluciones que le surgían para reducir su déficit tarifario ministerial consistían en:
-    Fijar una moratoria de 3 años durante la cual no se pudieran instalar nuevos proyectos fotovoltaicos, destruyendo todo el tejido industrial que se había creado alrededor de las renovables.
-    Imponer un impuesto o tasa a la producción fotovoltaica, y
-    Reconocer públicamente su ignorancia como Ministro de Industria ya que “pensaba o creía” que España contaba con tan solo 1300 horas de Sol/año en vez de 1900 como se dan en algunas zonas climáticas españolas. Desde su oscurantismo pretendía que el sol fotovoltaico se eclipsara hasta esas 1300 horas quebrando todos los estudios de ingeniería y de rentabilidad. Las due diligence, las tablas Excel, los projects finance, dejarían de tener valor para nuestro sector, ya que una nula Política energética y una pésima gestión del sector fotovoltaico era capaz de arrastrar los conocimientos de los expertos al más absoluto desconcierto.
Es sorprendente que el Ministerio de Industria además de desconocer las horas de Sol que tiene España, desconozca que los ingresos que el sector fotovoltaico percibe son el resultado de la suma de los diversos componentes que conjugan la ecuación tales como, rendimiento de las placas solares, número de horas de sol, eficiencia solar, multiplicado todo ello por tarifa fotovoltaica.
En este sentido cualquier reducción de la tarifa o del número de horas del sol, da lugar a este supuesto de retroactividad que atenta a los principios generales del derecho, y vulnera  la Ley del Sector eléctrico el cual determina en su artículo 30.4 que para la determinación de las primas se tendrá en cuenta el nivel de tensión de entrega de la energía a la red, la contribución efectiva a la mejora del medio ambiente, al ahorro de energía primaria y a la eficiencia energética, la producción de calor útil económicamente justificable y los costes de inversión en que se haya incurrido, al efecto de conseguir unas tasas de rentabilidad razonables con referencia al coste del dinero en el mercado de capitales.
¿Qué futuro les queda a los profesionales fotovoltaicos?
Todos conocemos que este Gobierno ha causado un daño irreparable al sector, logrando que los inversores se marchen  a otros mercados, y que nuestros argumentos comerciales pro-fotovoltaicos dejen de tener fuerza . Tras la promulgación del Real Decreto 1565/2010 y el Real Decreto Ley 14/2010 va a resultar ardua tarea convencer a las entidades bancarias que ofrezcan la necesaria financiación o en su caso refinanciación. ¿Qué será de las plantas fotovoltaicas que se encuentran inscritas en los Listados Definitivos de la Q4? ¿Y qué sucederá con las plantas fotovoltaicas que entren a posteriori de la Q2 de 2011 con el "tijeretazo" del 5, 15, y 45% para Instalaciones del Tipo I.1, I.2, y II respectivamente?.

Siendo objetivos... en el sector tan solo nos queda pleitear contra la retroactividad fotovoltaica con la ayuda por ejemplo de www.plfotovoltaica.org  y su grupo de abogados especialistas colaboradores, y de forma paralela solicitar al Ministerio de Industria la continuidad  y crecimiento de la fotovoltaica por tres vías alternativas:
1.- Creando un Registro de repotenciación fotovoltaica:
Siempre y cuando los inversores de las plantas fotovoltaicas lo permitan mantener con la repotenciación el rendimiento de la planta fotovoltaica, incrementando la potencia pico de los paneles, y sustituyendo unos paneles por otros. Es entendible que el Ministerio de Industria critique la repotenciación de las plantas fotovoltaicas a tarifa de Real Decreto 661/2007 con precio de módulo fotovoltaico actual. Sería justo y legal fomentar estas repotenciaciones creando un Registro que ofrezca tarifa fotovoltaica paralela a la ya recibida conforme a las sucesivas convocatorias fotovoltaicas. Se evitarían muchos gastos en papeleos, permisos y licencias, manteniendo la potencia autorizada e inscrita en el RIPRE.
2.- Estableciendo mecanismos de apoyo al esfuerzo de exportación y de salida al exterior del Sector Fotovoltaico nacional.
3.- Fomentando el autoconsumo, estableciendo plazos y medidas concretas para su implantación, de modo que también se aproveche cuanto antes el ahorro que conlleva para los consumidores de electricidad.

Nos referimos a estos tres puntos tras conocerse hace ya muchos meses que el IDAE, REE, CNE y MITyC prefieren y así se han decidido por la eólica frente a la fotovoltaica, reservando los megaproyectos a aquella, y dejando la generación distribuida, el net metering, y el autoconsumo residencial a la fotovoltaica.

Esperemos que las cosas mejoren para el sector... pero de momento seamos realistas para que no nos engañemos, y no nos engañe nadie. Suerte a todos y manifestar nuestra admiración y apoyo a todos los profesionales del sector fotovoltaico español.

Los compañeros de Suelo Solar tenemos como denominador común el que somos productores fotovoltaicos, abogados especialistas, comunicadores del estado del sector, y amantes de la fotovoltaica. A pesar de todo y "caiga quién caiga" seguiremos -hasta el final- trabajando en beneficio del sector, y diciendo la Verdad "duela a quién le duela".

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