NORMATIVA DE CARACTER GENERAL
Constituye el objeto de esta Orden la definición del procedimiento de la transferencia de los fondos previstos en el art. 5 del Real Decreto 1556/2005, de 23 de diciembre de 2005, por el que se establece la tarifa eléctrica para el año 2006, desde la cuenta específica de la Comisión Nacional de Energía al Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía. Así mismo, mediante esta Orden se establecen los mecanismos de liquidación y los criterios para la ejecución, en el año 2006, de las medidas previstas en el «Plan de Acción 2005-2007» (en lo sucesivo, plan ) de la «Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España 2004-2012 (E4)», con el fin de que puedan ser gestionados por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía.
El próximo día 10 de octubre comienza a contar el período oficial para su obligatoria transposición, debiendo quedar integrada en todos los países de la UE antes del 12 de octubre de 2025.
Se fija, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, y los artículos 13 y 14 del Real Decreto 897/2017, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección