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La retroactividad fotovoltaica del Gobierno y su reclamación judicial.

22-11-10. Antonia Lecue
lunes, 22 noviembre 2010.
Antonia Lecue
La retroactividad fotovoltaica del Gobierno y su reclamación judicial.
Somos muchos los que apoyamos con esfuerzo y trabajo al sector fotovoltaico. A los que trabajamos e invertimos en este sector nos gusta la seriedad y la legalidad… La retroactividad fotovoltaica no es seria ni legal.

Miles de personas y empresas que quisieron diversificar sus inversiones en un producto seguro, como era la energía solar fotovoltaica acudieron a las entidades financieras con el Real Decreto 661/2007 en la mano y con cierta solvencia económica para de este modo generar la necesaria confianza para financiar su instalación. De este modo uno a uno fueron acudiendo al BBVA, SANTANDER, CAJAMADRID, etc,  en busca de financiación con proyecto venta a red llave en mano.

En la tramitación de todas las operaciones las entidades financieras exigieron que se superaran a su satisfacción las pertinentes Due Diligences técnicas, legales, y de seguros.
Todos los Departamentos jurídicos de la Banca tradicional creyeron en la seguridad jurídica del Real Decreto 661/2007 al igual que todos los que invirtieron avalando con su propio patrimonio los proyectos fotovoltaicos llave en mano.

Más de 50.000 operaciones de financiación y de projects finance se han gestionado en la construcción y puesta en marcha de proyectos solares fotovoltaicos.

Para la Banca este no es el mejor momento para que se hable de retroactividad fotovoltaica, ya que la crisis inmobiliaria unida al alto nivel de paro incrementa mes a mes el tanto por ciento de morosidad de sus oficinas bancarias. Hasta la fecha han prestado a los productores fotovoltaicos más de 20.000 millones de euros. La garantía de los proyectos fotovoltaicos son las tarifas fotovoltaicas. Los projects finance legales nada decían sobre posibles retroactividades, y los seguros tampoco contemplaban esta posibilidad. Todos en esas fechas pensábamos que España se diferenciaba de muchos otros Países en que era un País que defendía la seguridad jurídica y la estabilidad de las inversiones,… pero al conocer que el Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes 19 de noviembre el nuevo Real Decreto  por el que se modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producción de energía eléctrica en Régimen Especial...esta claro que nos equivocamos.

De momento solo conocemos que los proyectos fotovoltaicos acogidos al Real Decreto 661/2007 verán suprimidos por arte de magia sus tarifas fotovoltaicas a partir del año vigésimo sexto, y se desconoce si el Sr. Rubalcaba al explicar que en materia de energías renovables se promulgarán nuevos Reales Decretos si alguno de ellos recortará las tarifas y/o las horas de producción solar.

El sector fotovoltaico sufre la mayor expropiación de su historia al escuchar que la rentabilidad de los huertos ha de ser “la razonable” sin importar la zona climática en la que se proyectó el huerto solar, la calidad-precio de los materiales, los seguidores solares, etc. Pretenden nuestros Gobernantes que todos los proyectos fotovoltaicos, se igualen desde abajo, y esperan que el hombre del Tiempo pronostique más días nublados que días de Sol.

No puede este Gobierno alegremente y sin complejos  alegar que se confundió al calcular las tarifas retributivas en función de las horas de Sol. En varias ocasiones han comunicado a los Medios de Prensa que pensaban que España tenía 1300 horas de Sol/año. Es como si el Sr. Ministro en tiempo estival acude a la playa sin su Nivea y tras quemarse la piel, explica a su médico que la causa de sus quemaduras y de su insolación reside en desconocer el número de horas de Sol.

Alegar públicamente desconocer el número de horas de Sol, es causa suficiente para exigir la dimisión de toda la Secretaría de Estado de Energía. Todas las entidades financieras conocen esos datos en sus Due Diligences técnicas. Creemos que es algo básico y elemental conocer ese dato.
Desde Suelo Solar el sector solar ha hecho Historia, posicionándonos con claridad, no exenta de riesgo, en la vanguardia para su defensa comprometida. Y nos complace haber lanzado en las primeras iniciativas, algo más que palabras:
-    publicando y denunciando el Informe de D. Eduardo Soler Tappa a favor de la retroactividad fotovoltaica + info aquí,
-    iniciando y presentando ante el MITyC dos campañas de firmas en contra de la retroactividad fotovoltaica suscritas masivamente por los profesionales y empresas + info aquí.
-    Convocando la primera manifestación frente a las puertas del Ministerio de Industria, en señal de protesta + info aquí.
-    Constituyendo una Asociación de Productores sobre la que posteriormente comunicamos públicamente nuestra decisión de alejarse de ella por motivos de suficiente peso que ahora ya no interesan. Desconocemos si aquella se haya disuelta, y lo que han hecho a favor del productor fotovoltaico. En cambio si conocemos y agradecemos a ASIF, AEF y APPA el buen trabajo constante que han realizado tanto dentro del Ministerio como fuera de él en beneficio de los productores fotovoltaicos. Por poner un ejemplo, AEF nos ha convocado a todos los medios de prensa en varias ocasiones (a los que estamos a favor y a los que están en contra) para limpiar el buen nombre de la fotovoltaica. Las Asociaciones APPA, ASIF y AEF han participado en las Jornadas de Unidad Editorial, Genera, SolarPraxis etc., con este mismo fin. Han estado presentes en todas las reuniones ministeriales defendiendo al sector.

Por lo tanto, invitamos a los productores fotovoltaicos afectados por la disposición retroactiva de recorte de tarifas a partir del año vigésimo sexto a recurrir ésta en la Plataforma Legal Fotovoltaica. La Plataforma de afectados cuenta con la colaboración de las firmas jurídicas CUATRECASAS GONÇALVES PEREIRA, DOPICO TIZÓN y QUIRÓS, y PROMEIN Abogados, así como con el apoyo de fondos de inversión extranjeros, y entidades bancarias que por motivos confidenciales aún no podemos desvelar.

El único fin u objetivo que contempla la Plataforma Legal Fotovoltaica es el de reclamar la nulidad de disposiciones legales retroactivas.

Interesa destacar que:
-    los cargos de la Junta Directiva de la Plataforma Legal Fotovoltaica NO son remunerados.
-    NO existen cuotas de ingreso NI cuotas ordinarias de socio.
-    Sólo existen cuotas extraordinarias para cubrir los gastos judiciales (abogados, procuradores, peritos (en su caso), tasas judiciales, etc. Es decir lo que se recauda es para los que van a trabajar aquí: Los abogados.

Porque somos:
- un medio de comunicación especializado en energía solar,
- abogados especialistas en energía solar, e
- inversores acogidos al Real Decreto 661/2007, y
- amantes de la energía solar,
Defendemos y apoyamos al sector con hechos no sólo con palabras.

lazo verde irretroactivo

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