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¿Quién se encarga de revisar toda la documentación para detectar el fraude fotovoltaico?

17-11-10. Antonia Lecue
miércoles, 17 noviembre 2010.
Antonia Lecue
¿Quién se encarga de revisar toda la documentación para detectar el fraude fotovoltaico?
La empresa Tragsatec ha suscrito acuerdo de colaboración con la CNE para recopilar, informatizar, y redactar informe sobre el resultado de los requerimientos efectuados a los titulares de las plantas fotovoltaicas.

La empresa Tragsatec es la responsable de recopilar y revisar toda la documentación aportada por los titulares de plantas fotovoltaicas que han sido requeridos por la CNE en cumplimiento del Real Decreto Anti-Fraude.

La CNE esta solicitando y solicitará a los Representantes, agentes comercializadores, que recaben la máxima documentación posible  a fin de cumplir con éxito su labor de inspección.

A día de hoy Tragsatec tras revisar toda la documentación, están organizando todos los expedientes que reciben haciendo tres grupos:

- de no necesidad de examinar.

- de examinarlos someramente.

- de examinarlos a fondo.

Finalizado el plazo de entrega de documentación será la encargada de redactar Informe sobre las irregularidades observadas y la relación de  empresas productoras que no han atendido el requerimiento.

Fuentes de Tragsatec nos han informado que dentro de la función de revisión que les ha encomendado la CNE,  estan reflejando en el Informe todo aquello que el Ministerio de Industria debe de tener en cuenta como puede ser la posible falsificación de una factura de materiales, u otros aspectos que por motivos de confidencialidad y de secreto no pueden desvelar. Informar que la falsificación de documento mercantil conlleva penas privativa de libertad, por lo que desaconsejamos asumir ese riesgo.

Respecto de los DUAS nos informan que la CNE sólo los solicitará a aquel productor que haya realizado importación directa. A aquel productor que haya comprado materiales de energía solar a distribuidor fotovoltaico no se le exigiran los DUAS.

En cuanto a los números de serie de los modulos fotovoltaicos señalar que no estan revisando o exigiendo que en las facturas y albaranes de compra aportados consten éstos, pero ello no significa que a posteriori requieran a los productores fotovoltaicos inspeccionados para que los aporten. Lo que si estan solicitando es que se aporten al menos los números de serie de los inversores, los cuales figuran en la documentación presentada en su día a Industria.

Para las Inspecciones de la PAC  (Política Agraria Común) que hasta la fecha ha realizado Tragsatec, cuentan con cientos de miles de fotografias aéreas ordenadas por fechas con lo que pueden detectar facilmente el fraude fotovoltaico "tirando" de sus archivos.

Tragsatec cuenta con los necesarios medios personales e informáticos para cumplir la labor de colaboración que la CNE les ha encomendado, y daran fiel reflejo del número y circunstancias de las plantas fotovoltaicas irregulares.

El Informe de Resultados de Inspección de plantas fotovoltaicas inspeccionadas será remitido primeramente a la CNE y  posteriormente  al Ministerio de Industria para que vistas las conclusiones del Informe o Acta de Inspección tome las medidas correspondientes.

Como todos conocemos: según el Real Decreto Anti-Fraude, si la Comisión Nacional de Energía detecta alguna planta irregular comunicará a la Dirección General de Política Energética y Minas, la suspensión cautelar del pago de la prima equivalente remitiendo un informe justificativo de la falta o insuficiencia de la acreditación necesaria y, en su caso, los documentos presentados por el titular.
En el supuesto que se declarase la inaplicación del correspondiente régimen económico, se dispondrá también el reintegro de las cantidades indebidamente percibidas en concepto de prima equivalente, con los intereses de demora correspondientes, cantidades todas ellas que serán incluidas como ingresos liquidables del sistema. Del propio modo se acordará, en su caso, la pérdida de la prioridad que le pudiera haber otorgado la inscripción definitiva al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre.
Como ya comentamos en el artículo de opinión El Decreto Anti-Fraude fotovoltaico es ILEGAL, recordar que al tratarse de un Decreto Ant-fraude ILEGAL, es recurrible el acto administrativo que en su día suprima la tarifa de la planta fotovoltaica, y determine el reintegro de las tarifas percibidas por vulneración del principio de competencia y el de la carga de la prueba.

Desde PROMEIN Abogados se esta prestando el necesario asesoramiento jurídico especializado y colaborando con los productores fotovoltaicos que esten interesados en cumplir el trámite obligado de inspección del Fraude fotovoltaico. Para contactar con Promein Abogados cumplimenta la siguiente tabla de recogida de datos:

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