Informe de la Comisión Nacional de Energía.
El objeto de este procedimiento es dar cumplimiento a la función que en los artículos 21 y 22 del Real Decreto 661/2007 se asigna a la Comisión Nacional de Energía (CNE), relativa al establecimiento de un sistema de información mensual a través de su página web, sobre el seguimiento de la potencia de régimen especial con inscripción definitiva para cada una de las tecnologías, a efectos del control de cumplimiento de los objetivos de planificación.
Nos preocupa la actual agenda de transición energética que, lejos de responder a las actuales urgencias, profundiza en los mismos mecanismos que nos han llevado a esta crisis ecológica y social. El manifiesto está disponible en la web para firmar.
La nueva directiva, aprobada el 12 de marzo afecta a todos los Estados Miembros de la UE, que están obligados a incorporar sus disposiciones en sus respectivos ordenamientos jurídicos nacionales en un plazo máximo de 24 meses.