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A la espera del Informe fotovoltaico de la CNE.

13-9-10. Carlos Mateu
lunes, 13 septiembre 2010.
Carlos Mateu
A la espera del Informe fotovoltaico de la CNE.
Mañana a las 10:30 h se reune el Consejo de Administración de la CNE para debatir los intereses de la fotovoltaica y preparar informe para el MITyC.

Mañana de 10:30 h a 14:30 h, conforme al Orden del Día, se reunirá el Consejo de Administración de la CNE para emitir informe sobre dos de las cuatro propuestas normativas que estan sobre la mesa de la CNE:

- la Propuesta de Real Decreto por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos al régimen especial.

-la Propuesta de Real Decreto por el que se regula la Actividad de Gestor de Cargas del Sistema.

El próximo jueves probablemente se incluyan en el Orden del Día del Consejo de Administración las otras dos propuestas normativas:

- Propuesta de Real Decreto de regulación de la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica, de pequeña potencia.

- Propuesta de Orden del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio por la que se establecen los requisitos técnicos y de calidad de las instalaciones fotovoltaicas para contribuir a la seguridad de suministro.

En la reunión van a estar presentes la Presidenta del Consejo, el Vicepresidente, los Consejeros, y la Secretaria del Consejo.

Tras el almuerzo, nos remitiran nota de prensa que publicaremos de forma inmediata para dar a conocer a todos los profesionales el sentir de la CNE.

Esperemos que tengan en cuenta las oportunas Alegaciones de ASIF, que como expertos conocedores del Sector, -y al igual que AEF y APPA-, estan en contra de cualquier medida de efecto retroactivo como la que ya encierra la tabla 2 del artículo 36, de la Propuesta de Real Decreto por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos al régimen especial. Como todos conocemos el MITyC pretende suprimir los valores de las tarifas reguladas indicadas para las instalaciones de tipo b.1.1, a partir del año vigésimo sexto.

Como correctamente ya ha comunicado ASIF a la CNE,  "la presente medida tiene carácter retroactivo para las instalaciones acogidas a las tarifas del Real Decreto 661/2007 vulnerando el principio de seguridad jurídica y el principio de confianza legítima causando el correspondiente perjuicio económico a los titulares de las instalaciones que realizaron unas determinadas inversiones en base a las previsiones financieras derivadas de las tarifas del Real Decreto 661/2007 y los plazos de mantenimiento de las mismas que el mismo garantiza. Además habría que tener en cuenta que el derecho de acogimiento a la remuneración económica prevista en el Real Decreto 661/2007 encuentra su limitación natural en la vida útil de las instalaciones y en la regulación de la modificación sustancial de las instalaciones.

Igualmente, dicha medida resulta discriminatoria con respecto a las demás tecnologías que se contemplan en la misma tabla a las que no se les limita la remuneración a partir del vigésimo sexto año de funcionamiento.
Por ello, desde ASIF se propone eliminar este punto."

Esperemos que la CNE analice esta y resto de alegaciones, para que el mercado puede volver a tomar confianza en el sector fotovoltaico, que bien se la merece.

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