NORMATIVA DE CARACTER FORAL: ARAGON
El principal obstáculo que se ha detectado para el desarrollo del importante potencial de régimen especial en Aragón es la capacidad de evacuación que procura la red eléctrica para la energía generada, así como la necesaria priorización y organización de los proyectos cursados, ya que el desarrollo de la red en ningún caso puede responder a tan alta demanda de conexiones en los plazos requeridos por los promotores. Además, se ve conveniente en muchos casos la integración de proyectos en infraestructuras de evacuación compartidas, por razones de eficiencia, desde todos los puntos de vista, y menor impacto. El Gobierno de Aragón, para dar respuesta a las anteriores cuestiones, ha elaborado y presentado públicamente el denominado Plan de Evacuación de Régimen Especial en Aragón 2000-2002 (PEREA), concebido esencialmente, en un marco de libertad de instalación, como una herramienta organizativa y de coordinación, fundamentada en un sistema de acuerdos o convenios entre partes.
El próximo día 10 de octubre comienza a contar el período oficial para su obligatoria transposición, debiendo quedar integrada en todos los países de la UE antes del 12 de octubre de 2025.
Se fija, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, y los artículos 13 y 14 del Real Decreto 897/2017, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección