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En relación al ICIO fotovoltaico existen más sentencias a favor del promotor que en contra.

26-2-10. Antonia Lecue
viernes, 26 febrero 2010.
Antonia Lecue
En relación al ICIO fotovoltaico existen más sentencias a favor del promotor que en contra.
Existen dos posturas doctrinales enfrentadas en cuanto a si se deben o no incluir en la liquidación del ICIO el valor o coste de las placas fotovoltaicas. Veamos en que se sustentan y sus razones.

Existen dos posturas doctrinales contrapuestas en cuanto a la liquidación de la Base Imponible del ICIO:

Postura doctrinal en la que entienden que se han de incluir los equipos necesarios para la captación de energía en los parques solares, a efectos de la base imponible del ICIO:
Para la concreción de la base imponible del ICIO siempre ha existido mucha polémica en lo concerniente a la inclusión, o no, en ella del coste de las instalaciones, polémica que se ha reavivado en la actualidad en relación con los parques solares, ante la duda de si las cantidades correspondientes a los módulos fotovoltaicos, los seguidores y los inversores, deben computarse en la misma. A mi juicio, pese a que la jurisprudencia no es clara, la respuesta debe ser positiva, ya que los citados elementos constituyen partes indisociables de la central energética, siendo elementos inseparables de la obra, que se integran en ella como «un todo» y que son esenciales para la existencia y funcionamiento de la misma, pues sin ellos no se podría alcanzar el objetivo a cuyo fin se construyen: la obtención de energía, por lo que, en mi opinión, el coste de dichos elementos, y no sólo de su instalación, debe formar parte de la base imponible de este impuesto.

Resoluciones administrativas y sentecias  a favor de esta 1ª postura:

Cáceres: IMPOSIBLE reclamar el ICIO en Extremadura + info aquí.

No vale la pena recurrir el ICIO fotovoltaico en Extremadura + info aquí.

Promotora solar condenada a pagar el  ICIO en Extremadura + info aquí.

ICIO: Tras la VICTORIA en Badajoz, DERROTA ante el TSJ de Extremadura + info aquí.

Cáceres obliga a los promotores solares al pago de un ICIO abusivo + info aquí.

Despachos de abogados a favor de esta 1ª postura:

Garrigues y Asociados defenderá al Consistorio de Arnedo en su reclamación de ICIO a un promotor solar + info aquí.


Postura doctrinal en la que se tratan algunas reflexiones sobre los últimos pronunciamientos judiciales emitidos al respecto:

La base imponible del ICIO esta constituida por el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra, determinándose la misma por estimación directa. En este sentido, y según una copiosa jurisprudencia, el coste real y efectivo de la obra significa su coste de ejecución material, sin incluir dentro de la base imponible, el coste de los materiales, el Impuesto sobre el Valor Añadido, las tasas, precios públicos y prestaciones patrimoniales de carácter publico local relacionadas con la construcción, instalación u obra, así como tampoco los honorarios de profesionales, el beneficio empresarial del contratista ni ningún otro concepto ajeno a dicho coste de ejecución material .

Resoluciones administrativas y sentecias a favor de esta 2ª postura:

Nueva VICTORIA del ICIO fotovoltaico en Segovia + info aquí.

Nueva Victoria del Promotor solar en el ICIO de Palencia + info aquí.

Nueva VICTORIA del Promotor solar en el ICIO de Burgos + info aquí.

 En el ICIO navarro los Jueces hacen justicia con el promotor fotovoltáico + info aquí.

ICIO Segoviano: Nueva Victoria del Promotor solar + info aquí.

ICIO Toledano: No se han de incluir las Placas en la Base imponible del impuesto + info aquí.

ICIO Navarro: Nueva VICTORIA del Promotor fotovoltaico + info aquí.

VICTORIA en la reclamación de injusta liquidación de ICIO en Valencia + info aquí.

Nueva VICTORIA "definitiva" en ALBACETE en el ICIO + info aquí

VICTORIA provisional en JAEN de los promotores solares en el ICIO + info aquí.

Nueva victoria en Badajoz de los promotores solares en el ICIO + info aquí. (Tras ser recurrida la sentencia ante el TSJ se desestimó)

Despachos de abogados a favor de esta 2ª postura:

Desde el punto de vista judicial ¿cómo se reclama el ICIO? + info aquí.

Nuestros abogados especialistas de Promein Abogados les pueden presupuestar su reclamación de injusta liquidación de ICIO fotovoltaico, si cumplimenta la siguiente tabla de recogida de datos:

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