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En Canarias se modifica el plazo de presentación de solicitudes en las subvenciones destinadas a actuaciones de energía solar térmica de baja temperatura.

24-2-10. Carlos Mateu
miércoles, 24 febrero 2010.
Carlos Mateu
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Por Resolución de fecha de 11 de febrero de 2010, se modifica el plazo de presentación de solicitudes, estableciendo como nuevo plazo para la presentación de solicitudes hasta el 15 de marzo de 2010.

Por Resolución de fecha de 11 de febrero de 2010, por la que se modifica el plazo de presentación de solicitudes establecido en la Orden de 28 de diciembre de 2009, que aprueba las bases reguladoras por las que se regirán las subvenciones destinadas a actuaciones de energía solar térmica de baja temperatura y se efectúa la convocatoria para el año 2009.

De esta forma se modifica el plazo para la presentación de solicitudes establecido en el apartado segundo de la parte resolutoria de la Orden de 28 de diciembre de 2009, por la que se aprueban las bases reguladoras por las que se regirán las subvenciones destinadas
a actuaciones de energía solar térmica de baja temperatura y se efectúa la convocatoria para el año 2009, estableciendo como nuevo plazo para la presentación de solicitudes hasta el 15 de marzo de 2010.

ANTECEDENTES
1. Con fecha 31 de diciembre de 2009 se publica en el Boletín Oficial de Canarias la Orden de 28 de diciembre de 2009, por la que se aprueban las bases reguladoras por las que se regirán las subvenciones destinadas a actuaciones de energía solar térmica de baja temperatura y se efectúa la convocatoria para el año 2009.
2. De acuerdo con lo establecido en el apartado segundo de la parte resolutoria de la Orden de 28 de diciembre de 2009, el plazo para la presentación de las solicitudes finaliza el 15 de febrero de 2010.
3. De conformidad con lo establecido en el apartado octavo de su parte resolutiva, con la citada Orden se deja sin efecto la Orden de 11 de octubre de 2006, por la que se aprobaron las bases que rigieron las convocatorias para la concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energía solar térmica desde el año 2006.
4. Entre los objetivos que se persiguen con la nueva línea de subvenciones están el de ampliar el tipo de instalaciones subvencionables, incluyendo aquellas cuya superficie de captación superen los 20 m2, frente a la limitación de 75 m2 contemplada en la Orden de 11 de octubre de 2006 y el incluir como potenciales beneficiarios de las subvenciones a las Empresas de Servicios Energéticos (ESE); y a su vez se adaptan las bases reguladoras al nuevo marco normativo de subvenciones, fijado fundamentalmente por el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
5. Dado que la Orden de 28 de diciembre de 2009, además de efectuar la convocatoria para la concesión de subvenciones correspondiente al año 2009, modifica el marco por el que se venía rigiendo la concesión de subvenciones desde el año 2006, se considera conveniente ampliar el plazo para la presentación de solicitudes, al objeto de que los solicitantes dispongan de margen de tiempo suficiente para poder elaborar adecuadamente sus solicitudes de subvención.

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