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La CNMC publica el informe sobre la retribución de las instalaciones de energías renovables, cogeneración y residuos en el periodo 2020-2025

13-2-20. Carlos Mateu
jueves, 13 febrero 2020.
Carlos Mateu
La CNMC publica el informe sobre la retribución de las instalaciones de energías renovables, cogeneración y residuos en el periodo 2020-2025
La norma actualiza los parámetros con los que se retribuye a unas 64.000 instalaciones productoras de electricidad.

La CNMC ha publicado el informe en el que analiza la propuesta de Orden por la que se actualizan los parámetros retributivos aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. (IPN/CNMC/001/20).

La actualización de estos parámetros afectará al periodo regulatorio comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2025. De no aprobarse su revisión, se mantendrían los que se han aplicado durante el periodo regulatorio precedente. Es decir, impediría ajustar su valor de acuerdo a la diferencia entre valores reales y previstos para determinados índices y cotizaciones, y supondría un incremento de los costes del sistema eléctrico.

Por ello, la CNMC considera positivo que la revisión tenga en cuenta dichas desviaciones, en los precios del mercado mayorista, los derechos de emisión y otros costes de explotación.

Sin embargo, recomienda detallar la metodología de cálculo de los costes asociados al combustible en las tecnologías cuyos costes de explotación dependen esencialmente del precio del combustible (y, en particular, el impacto sobre la actualización de los parámetros retributivos de la evolución de los precios del combustible y del precio de los derechos de emisión).
 
Plantas de cogeneración y fotovoltaicas

En su informe, la CNMC cuestiona, en especial, la idoneidad del cálculo empleado en el caso de las instalaciones de cogeneración cuyo combustible es el fuel.
 
En su conjunto, las plantas de cogeneración asumirán casi la mitad (423 millones de euros) del recorte total estimado por la propuesta (997,5 millones) de la retribución del año 2020 con respecto a la de 2019. 

Además, la CNMC considera que se deben revisar los porcentajes trimestrales de las horas equivalentes de funcionamiento de la tecnología fotovoltaica. La propuesta mantiene la desproporción actual entre las horas equivalentes de funcionamiento exigibles en los 9 primeros meses del año (solo un 30% de las horas totales anuales) y en los 3 últimos meses (el 70% restante), que se corresponden con buena parte de los días más cortos y con peor radiación y climatología del año.

Por otra parte, se propone una redacción alternativa para aplicar mejor las posibles reliquidaciones que se deriven de la reasignación de instalaciones tipo (de acuerdo con la disposición final tercera bis de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico).

Además, señala la necesidad de actualizar los costes de explotación derivados de la retribución reconocida al Operador del Sistema, modificada por la Circular 4/2019 de la CNMC. Así como de la exención del peaje de acceso de generación modificada por la Circular 3/2020 de la CNMC, respectivamente.

Dos meses de demora

Los nuevos parámetros se aplicarán con efecto desde el 1 de enero de 2020 (fecha de inicio del periodo regulatorio 2020-2025). De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto-ley 17/2019, de 22 de noviembre, la propuesta tiene de fecha límite para su aprobación hasta el 29 de febrero. Como consecuencia de esta diferencia de fechas, la CNMC considera que deberían tenerse en cuenta los dos meses de demora que se van a producir en el cálculo de los distintos índices de precios y futuros de referencia.

(IPN/CNMC/001/20)

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