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¿Qué equipos de medida tengo que instalar en el autoconsumo solar fotovoltaico?

30-9-19. Carlos Mateu
lunes, 30 septiembre 2019.
Carlos Mateu
¿Qué equipos de medida tengo que instalar en el autoconsumo solar fotovoltaico?
Son muchas consultas las que recibimos en relación a sí es necesario instalar un contador de energía adicional al que tenemos conforme al nuevo Real Decreto 244/2019 de 5 de abril. En este post te lo contamos.

Gracias al nuevo Real Decreto 244/2019 de 5 de abril, de condiciones administrativas, técnicas, y económicas del autoconsumo de energía eléctrica, las soluciones de contadores con más sencillas, y justas.

Con el anterior Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo, nos quejabamos mucho de que se debían colocar varios equipos de medida en el punto frontera. En ocasiones para llegar al punto frontera tenías que hacer una zanja una obra que te costaba casi lo que cuesta instalación fotovoltaica, y eso conllevabamuchas veces no poder cerrar la operación.

Con la nueva normativa este tema cambia.
Vamos a poder hacer:

- autoconsumo individual con vertido,

- autoconsumo individual sin vertido, y

- autoconsumo colectivo.

En función de la modalidad de autoconsumo elegida, los equipos de medida van a cambiar.

En el primer tipo de autoconsumo individual con vertido, no es necesario colocar un contador adicional al que tenemos de consumo. En este caso nuestro contador que tenemos por contrato con la eléctrica distribuidora nos va a servir, ya que son bidireccionales. A través de ellos vamos a poder medir lo que estamos consumiendo y lo que estamos inyectando a la red.

En el segundo tipo de autoconsumo sin vertido no es necesario colocar tampoco un contador adicional por la sencilla razón de que no estamos inyectando a la red.
En este caso se necesita un sistema de inyección cero que este certificado en función de lo que reglamenta la ITC 40 del reglamento electrotecnico de baja tensión.

En el caso de autoconsumo colectivo aquí sí que es necesario. A diferencia de las dos opciones posibles anteriores, en este caso como vamos a repartir la energía eléctrica entre distintos usuarios, es necesario que existan estos contadores para saber lo que cada usuario va a consumir.

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