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¿Cómo se tramita una instalación de autoconsumo solar fotovoltaico en Cantabria?

2-9-19. Carlos Mateu
lunes, 2 septiembre 2019.
Carlos Mateu
¿Cómo se tramita una instalación de autoconsumo solar fotovoltaico en Cantabria?
En Cantabria existen algunas particularidades en ciertos trámites.

Durante la tramitación administrativa de las instalaciones en autoconsumo, existen trámites que deben realizarse a través de la Comunidad Autónoma en la que se ubique la instalación.

A continuación se describen los detalles específicos para la instalación de autoconsumo solar fotovoltaico para la Comunidad Autónoma de Cantabria

- Autorización de explotación
Para instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables y cogeneración, interconectadas, de hasta 100 kW de potencia existe un procedimiento abreviado para la autorización de puesta en servicio. La documentación a presentar será:

- Memoria técnica para instalaciones de hasta 10 kW o proyecto firmado por técnico
titulado competente para instalaciones entre 10 kW y 100 kW.
- Certificados de conformidad de los equipos generadores e inversores.
- Contrato técnico suscrito con empresa distribuidora.
- Certificado de Instalación Eléctrica (modelo REN-CI).
- Memoria Técnica de Diseño (modelo REN-MTD).

Esta documentación se presentará por registro (abierto todo el año) y tiene un plazo de resolución de 3 meses resultando desestimatorio en caso de silencio administrativo.

Actualmente las competencias en materia de energía recaen en el Área de Energía de la Consejería de Innovación, Industria y Comercio.

 

Ver aquí Guía general de tramitación administrativa de Autoconsumo solar fotovoltaico en España.

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