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¿Es rentable la instalación de autoconsumo solar fotovoltaico en las comunidades de propietarios?

26-8-19. Carlos Mateu
lunes, 26 agosto 2019.
Carlos Mateu
¿Es rentable la instalación de autoconsumo solar fotovoltaico en las comunidades de propietarios?
Son muchas las consultas que recibimos de vecinos de comunidades de propietarios sobre si la energía gratuita del sol es capaz o no de producir algún ahorro en su consumo energético.

El Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, incorporó grandes mejoras para el autoconsumo fotovoltaico en general, y para el autoconsumo fotovoltaico compartido en particular, respecto al absurdo Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre.

En España, un tercio de la población reside en viviendas unifamiliarias, y los otros dos tercios, en comunidades de propietarios. Sin lugar a dudas, era urgente que el legislador, además de suprimir el irracional e ilógico impuesto al sol, se acordará de que las comunidades de vecinos se beneficiasen de la energía gratuita del sol.

Centrándonos en la pregunta de este grandilocuente titular, veamos y analicemos en un primer lugar, cuales son las demandas energéticas que por regla general suele tener una comunidad de propietarios: ascensores, iluminación de portería y escaleras, iluminación de garaje, portería, piscina, jardines, bomba de agua, etc.
Todos estos elementos producen una elevada demanda energética de la red, encareciendo la factura energética.

Los pasos que debemos dar son los siguientes:

1.- Recabar las doce últimas facturas energéticas, para conocer qué consumo energético es el que tenemos de media en la comunidad de vecinos.

2.- Solicitar presupuesto a instalador autorizado y especializado en energía solar que incluya la legalización y los permisos necesarios de instalación y obra ante el Ayuntamiento correspondiente. En nuestra Plataforma SueloSolar contamos con una herramienta informática que te permite solicitar presupuesto de forma gratuita y sin compromiso a los profesionales de tu zona + info aquí.

3.- Comprobar con la ayuda de abogados expertos en energía solar fotovoltaica si existen ayudas o subvenciones para la instalación de medidas de ahorro y eficiencia energética con energías renovables, y bonificaciones en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y/o en el Impuesto de Construcciones Instalaciones y Obras (ICIO) en tu municipio, provincia, o comunidad autónoma. 

4.- Tras contar con el presupuesto, y obtener un informe jurídico sobre si existen ayudas o subvenciones, solicitar al Administrador de Fincas que se incluya en el Orden del Día en la siguiente reunión de Junta de Propietarios, el someter a votación el autoconsumo compartido en la comunidad de propietarios.

De conformidad al artículo 17.1 de Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal:

"...la instalación de sistemas comunes o privativos, de aprovechamiento de energías renovables, o bien de las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos, podrá ser acordada, a petición de cualquier propietario, por un tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación."

5.- En el supuesto de aprobarse el uso compartido del autoconsumo fotovoltaico en la cubierta del edificio o en terreno anejo, se hace preciso contar con abogados especialistas en energía solar fotovoltaica para verificar el otorgamiento y firma del contrato de obra llave en mano de la instalación, en el que se incluya el informe de rentabilidad, y se pacten las garantías, seguros, plazos, obligaciones, derechos, indemnizaciones, etc.

En la mayoría de las instalaciones de autoconsumo fotovoltaico compartido que estamos conociendo la comunidad de propietarios no se desconecta de la red, gracias a la nueva normativa de autoconsumo fotovoltaico. La red eléctrica actúa como un gran almacén de energía en el que vertemos toda la energía que generamos, y de la que nos nutrimos para cubrir nuestra demanda energética. Para ello contamos con dos contadores: uno que mide la energía vertida a red, y otro que contabiliza la que consumimos. La diferencia de lo que consumamos de más de la red, es lo que en su caso pagaremos.

Sin lugar a dudas, el autoconsumo fotovoltaico compartido para facturaciones energéticas superiores a los 150 euros/mes es rentable. 

El coste de la instalación dependerá de la demanda energética que precisemos para “alimentar” el edificio, y cubrir los consumos o demanda energética. 

Una instalación fotovoltaica para una comunidad de propietarios se puede llegar a amortizar en cinco años, y alcanzando ahorros en la factura energética de hasta el 60% dependiendo de la ubicación y potencia de la instalación.

Es importante destacar que no solo vamos a lograr un ahorro. También vamos a contribuir con el medio ambiente reduciendo las emisiones CO2 a la atmosfera. Si nos sumamos todos a las energías limpias, verdes, no contaminantes, colaboraremos en tener un Mundo mejor.

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