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Publicado el Decreto 179/2018, de 30 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas para la mejora de la eficiencia energética en las Comunidades de Regantes de Extremadura.

19-11-18. Carlos Mateu
lunes, 19 noviembre 2018.
Carlos Mateu
Publicado el Decreto 179/2018, de 30 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas para la mejora de la eficiencia energética en las Comunidades de Regantes de Extremadura.
Se subvencionan las instalaciones de energías renovables que supongan una reducción del consumo energético a partir de fuentes convencionales, y sirvan para el abastecimiento de la infraestructura comunitaria de riego.

El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas a las Comunidades de Regantes de Extremadura de zonas regables con sectores presurizados (que dependen del suministro eléctrico), cuyo destino sea la realización de obras e instalaciones, auditorías energéticas así como, inversiones para la generación de energía renovable, siempre que ello suponga el ahorro y eficiencia energética, y el mejor aprovechamiento de la energía en las instalaciones comunitarias de riego, conforme al Reglamento (UE) n.º. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014 - 2020 financiado por el FEADER.

El Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo, el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 808/2014 de la Comisión, de 7 de julio de 2014, que establece disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1305/2013, y el Reglamento Delegado (UE) n.º 807/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) n.º 1305/2013 e introduce disposiciones transitorias, constituyen el marco jurídico básico de las acciones comunitarias a favor de un desarrollo rural sostenible, periodo 2014-2020.

En el actual periodo se han elaborado el Marco Nacional de Desarrollo Rural de España 2014- 2020, y Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, aprobado mediante Decisión C (2015) 8193 Final, de fecha 18 de noviembre de 2015, en el que esta actuación se incluye dentro de la Medida 4 «Inversiones en activos físicos» Submedida 4.3 «Apoyo a las inversiones en infraestructura relacionada con el desarrollo, la modernización o la adaptación de la agricultura y la silvicultura», 4.3.2 «Modernización de las infraestructuras de regadío», cofinanciadas por el FEADER, Administración General del Estado y Comunidad Autónoma de Extremadura.

Las condiciones establecidas en el artículo 46 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), serán aplicables tanto para el caso de inversiones en mejora de explotaciones agrícolas como en infraestructuras públicas de regadío.

El Reglamento (UE) n.º 1306/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.º 352/78, (CE) n.º 165/94, (CE) n.º 2799/98, (CE) n.º 814/2000, (CE) n.º 1290/2005 y (CE) n.º 485/2008 del Consejo, regula las normas de gestión de los fondos de la Política Agraria Comunitaria, incluidos los de Desarrollo Rural, y recogidas en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020.

Asimismo, la Estrategia Europea 2020 señala la eficiencia energética como una de las cuestiones clave para lograr un crecimiento sostenible, habiéndose marcado el objetivo de mejorarla en un 20 por ciento en ese horizonte.

Por otra parte, el regadío ha experimentado en las últimas décadas una notable transformación como consecuencia de la aplicación de tecnologías de distribución de agua a presión, mejorando la gestión de unos recursos hídricos cada vez más limitados. En las zonas regables presurizadas que llevan implícito el suministro eléctrico, se están presentando en estos últimos años, coincidiendo con la liberación del sector eléctrico y la desaparición de las tarifas de riego, un grave problema como es el aumento del coste de la energía eléctrica, que supone para el agricultor alrededor del 40 % de los costes totales del cultivo. En este coste tiene una fuerte incidencia el término de potencia contratada (incremento del 200 %), lo que hace muy importante la adecuada contratación del suministro eléctrico. Esta situación está comprometiendo la viabilidad de algunos procesos de modernización consistentes en pasar de riego tradicional a riego a presión, por el aumento de costes que supone para los regantes. En los últimos años el consumo de agua se ha reducido un 20 %, mientras que el consumo de energía se ha incrementado en un 650 %. Asimismo, la evolución de las tarifas eléctrica debe obligarnos a analizar el estado y el funcionamiento mecánico e hidráulico de la red de distribución de agua y determinar el potencial de mejora que se traducirá de forma directa en un importante ahorro de energía.

La eficiencia energética general depende fundamentalmente de la eficiencia en los grupos de bombeo y de la eficiencia de suministro energético, es decir, del mayor o menor aprovechamiento de la energía suministrada por los grupo de bombeo de la red de riego.

Por tanto, con estas bases reguladoras se pretende establecer un régimen de concesión de ayudas para la mejora de la eficiencia energética en las Comunidades de Regantes de Extremadura que contribuyan al ahorro y el mejor aprovechamiento de la energía en las instalaciones colectivas de riego contribuyendo al cumplimiento de los objetivos internacionales contra el cambio climático debido a la reducción en la emisión de CO2 a la atmósfera.

La presente disposición que regule este tipo de inversiones y se adapte al nuevo Programa de Desarrollo Rural de Extremadura que, financiado a través del FEADER, se extenderá al periodo 2014-2020.

Tradicionalmente el mundo rural ha sido un sector muy masculinizado hecho que ha provocado desigualdades hacia la mujer, la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, reconoce a las mujeres como pieza clave para el desarrollo rural y pretende impulsar el papel de la mujer en el campo, promover la igualdad de oportunidades y poner de manifiesto la importancia de su participación activa en los procesos de desarrollo del medio rural y de la pervivencia del mismo. Entre las actuaciones previstas se ha publicado el Plan Estratégico de Igualdad de Género en el Medio Rural de Extremadura (2017-2020).

Este decreto se integra en los preceptos de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; así como en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura. Hace especial incidencia de la ley autonómica en los principios recogidos en el artículo 3, sobre principios generales; 5, de disposiciones generales; 6, de la Administración de la Comunidad Autónoma; 21, de transversalidad de género; 22, de desarrollo del principio de interseccionalidad; 27, de lenguaje e imagen no sexista; 28, de estadísticas e investigaciones con perspectiva de género; 29, de representación equilibrada de los órganos directivos y colegiados; 30 de contratación pública; 31, de ayudas y subvenciones y 71 de desarrollo rural. Así mismo, cumple con lo dispuesto en el artículo 7.12 del Estatuto de Autonomía de Extremadurasobre la igualdad de la mujer en todos los ámbitos de la vida pública, familiar, social, laboral, económica y cultural.

La Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio tiene atribuidas, en virtud del Decreto del Presidente 21/2017, de 30 de octubre, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las competencias atribuidas a la anterior Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía en materia de agricultura y ganadería, desarrollo rural y medio ambiente.

Descargar aquí el Decreto 179/2018, de 30 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas para la mejora de la eficiencia energética en las Comunidades de Regantes de Extremadura.

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