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Ventajas del autoconsumo fotovoltaico que desarrolla el Real Decreto Ley 15/2018

22-10-18. Carlos Mateu
lunes, 22 octubre 2018.
Carlos Mateu
Ventajas del autoconsumo fotovoltaico que desarrolla el Real Decreto Ley 15/2018
Gracias al Real Decreto Ley 15/2018 contaremos con una regulación favorable y de fomento del autoconsumo fotovoltaico específicamente para el sector agrícola.

Era totalmente necesario aprobar un nuevo Real Decreto de autoconsumo eléctrico, que surgiera a partir de un diálogo constructivo con todos los actores implicados y que elimine todas las barreras que carentes de justificación.

Gracias al Real Decreto Ley 15/2018 contaremos con una regulación favorable y de fomento del autoconsumo fotovoltaico específicamente para el sector agrícola, ya que este sector puede aprovechar completamente el potencial del autoconsumo para la mejora de su competitividad, economía y huella medioambiental.

Son cinco cambios principales en la normativa del autoconsumo:

- Se reconoce el derecho a autoconsumir energía eléctrica sin ningún tipo de cargo o peaje sobre la energía autoconsumida, por considerar que la energía autoconsumida instantáneamente o almacenada en baterías y autoconsumida con posterioridad no debe contribuir adicionalmente a sufragar los costes del sistema eléctrico, ya que en ningún momento lo utiliza ni por tanto se hace uso de la red eléctrica. Se trata, pues, de equiparar el tratamiento del autoconsumo al de cualquier otra medida de ahorro o eficiencia energética. Que se habilite la posibilidad de que la instalación de autoconsumo pueda ser gestionada por un tercero, imprescindible para que el autoconsumo pueda desarrollarse en el ámbito empresarial.

- Se reconoce que las instalaciones de autoconsumo pequeñas, en todo caso inferiores a 15 kW, o las que no inyecten a fa red eléctrica con independencia de su tamaño, sean legalizadas según los reglamentos técnicos correspondientes y estén exentas de todo trámite administrativo a excepción de una notificación previa a la conexión.

- Se valoran los excedentes de energía inyectados a la red con criterios objetivos que necesariamente tendrán en cuenta el diferente valor de la energía en cada momento de acuerdo con lo establecido en la nueva Directiva de Renovables en tramitación, y su compensación directa en la factura.

- Se adapta el régimen sancionador en lo referente al autoconsumo en función del verdadero impacto del mismo en el sector eléctrico.

- Se define una tramitación administrativa simplificada adecuada a las características de las instalaciones de autoconsumo, como marcan las directivas comunitarias.

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