Solicitar presupuesto Autoconsumo
Puntos de acceso disponibles para conexión

La CNE nos describe el funcionamiento del Mercado Ibérico de la Electricidad (MIBEL).

3-12-09. Carlos Mateu
jueves, 3 diciembre 2009.
Carlos Mateu
Fichero Pdf
El Consejo de Reguladores del MIBEL publica un Informe sobre la Descripción del funcionamiento de MIBEL, como resultado de la integración de los mercados de electricidad español y portugués. Se adjunta texto completo del documento.

Han transcurrido diez años desde los primeros pasos dados por las Administraciones de Portugal y de España con objeto de compartir un camino común en la construcción del Mercado Ibérico de Electricidad (MIBEL), y esta cooperación ha resultado muy beneficiosa y fructífera, no sólo por su contribución a la existencia de un mercado de energía eléctrica a nivel ibérico, sino también a escala europea, como un paso significativo en la construcción del Mercado Interno de Energía.
En este recorrido de construcción continua, consecuente y perseverante de los Gobiernos de ambos países, destacan, entre otros, cuatro momentos, por el impulso que han otorgado a la creación del MIBEL: (i) la celebración, en noviembre de 2001, del Protocolo de colaboración entre las Administraciones española y portuguesa para la creación del Mercado Ibérico de Electricidad; (ii) la  firma, en octubre de 2004 en Santiago de Compostela, del Convenio entre la República Portuguesa y el Reino de España; (iii) la XXII Cumbre Luso-Española de Badajoz, celebrada en noviembre de 2006 y, más recientemente, en enero de 2008, (iv) la firma en Braga del Convenio que revisa el Convenio mencionado anteriormente.
Por lo que se refiere a la celebración del Protocolo de colaboración entre las Administraciones española y portuguesa, representa un esfuerzo de convergencia, a nivel ibérico, que se materializa en beneficios para los consumidores de ambos países, dentro de un marco de garantía del acceso a todos los interesados en condiciones de igualdad, transparencia y objetividad.
Respecto a la firma del Convenio de Santiago de Compostela, constituye un instrumento fundamental para la creación de un marco estable que permita a los operadores de los sistemas eléctricos nacionales desarrollar su actividad en toda la Península Ibérica. Asimismo, en el marco del Acuerdo se establecen “Mecanismos de regulación, consulta y supervisión” en relación con los cuales se creó el Consejo de Reguladores, cuyas contribuciones engloban, entre otros, el seguimiento y desarrollo del MIBEL.
En cuanto a la XXII Cumbre Luso-Española de Badajoz, cabe destacar entre el conjunto de decisiones que se tomaron en dicha cumbre, el encargo a las Administraciones Nacionales de definir un Plan de Compatibilización Regulatoria, plan que fue firmado por los Gobiernos de ambos países en marzo de 2007, y cuya concreción conduce a desarrollos fundamentales para el despegue del mercado en la plenitud de la dimensión ibérica.
Por otra parte, durante la Cumbre de Braga se llevó a cabo la revisión del Convenio de Santiago, que profundiza y aclara algunas materias identificadas en el Plan de Compatibilización Regulatoria.
De entre el conjunto de acciones derivadas del Plan de Compatibilización Regulatoria que debe ser concretado por el Consejo de Reguladores destacan:

(i) un mecanismo de garantía de potencia;

(ii) una metodología para la determinación anual de los agentes que constaten la condición de operador dominante y

(iii) una normalización de los procedimientos de cambio de comercializador.
El Consejo de Reguladores, en el ámbito de sus atribuciones, consideró oportuno describir el camino recorrido en el desarrollo del MIBEL. Para ello, decidió promover la elaboración de un estudio sobre la “Descripción del funcionamiento del MIBEL”, con objeto de poner a disposición de todos los interesados una descripción sistematizada sobre las acciones desarrolladas y sus resultados respectivos.
Este estudio tiene por objetivo la caracterización de la evolución del MIBEL a través de una perspectiva esencialmente analítica.
En este estudio, el Consejo de Reguladores aborda las cuestiones consideradas fundamentales para comprender la evolución que ha experimentado el mercado ibérico, de acuerdo con el siguiente esquema:
El capítulo 0, meramente introductorio, encuadra este documento en el marco de la estrecha colaboración desarrollada entre la República de Portugal y el Reino de España en materia de política energética en los últimos años.
El capítulo 1 se constituye como Resumen Ejecutivo.
El capítulo 2 realiza una descripción pormenorizada de la estructura de la oferta y la demanda en los segmentos mayorista y minorista del mercado, para sobre esta base plantear el análisis de algunas de las claves que explican (y resultan de) dicha estructura: el grado de integración vertical observado y su posible impacto sobre la existencia y potencial ejercicio del poder de mercado, así como las repercusiones del mecanismo de los llamados CMECs y la existencia del déficit de tarifa,
El capítulo 3 aborda los mercados diario e intradiario: tras plantear sus fundamentos normativos y de operación, se incide en la participación de las distintas tecnologías en la caracterización de la oferta y la forma en que se atiende la cobertura de la demanda, con especial atención a su impacto en la formación de precios en las zonas lusa e hispana, en las cuales el mercado ibérico se desdobla en presencia de congestión en la interconexión (aplicación del mecanismo de market-splitting o separación de mercados),
El capítulo 4 avanza varios pasos en el horizonte de negociación para reflejar las características, pautas
de funcionamiento y resultados del mercado a plazo, en sus diferentes modalidades de contratación. Se
presta particular atención al análisis y mutua influencia entre la liquidez esperada y observada en este
mercado y los productos listados en él.
El capítulo 5 se centra en una vertiente específica de la contratación a plazo: las subastas reguladas; tanto aquellas integradas en el seno del polo portugués del MIBEL, como los mecanismos de cesión de capacidad (VPPs en la literatura internacional) en España y Portugal y, por último, las destinadas a la cobertura de la demanda suministrada a precio regulado por los llamados comercializadores de último recurso.
El capítulo 6 ofrece el otro vértice temporal del mercado: el de los servicios de sistema o de balance (las denominaciones —y los conceptos— varían: regulación, reserva, banda, gestión de desvíos… entre otros), íntimamente ligados a la operación segura y fiable del sistema en plazos progresivamente más próximos al tiempo real,
El capítulo 7 plasma la forma de financiación de ambos polos del operador del mercado y la evolución de la misma y de los resultados a que ha dado lugar, desde la premisa del objetivo de la autofinanciación.
El capítulo 8 proporciona datos sobre la capacidad, grado e incidencias en la utilización de las infraestructuras de interconexión entre ambos países, y aborda la necesidad del refuerzo de la misma con el objetivo último de lograr la desaparición de las congestiones estructurales.
El capítulo 9 plantea una serie de pautas para la progresiva incorporación al mercado, con carácter general, de la generación en régimen especial, elemento fundamental para afrontar con garantías y plena eficiencia económica los compromisos adoptados en materia de desarrollo de fuentes de energías renovables,
Estrechamente relacionado con el anterior, el capítulo 10 plantea la forma en que los dos países aceptan, en relación con el sector productor de energía eléctrica, el desafío que representa asumir una pauta cada vez más exigente de reducción de emisiones de CO2.
El capítulo 11 se centra en la forma en que las indisponibilidades, ya sean programadas o sobrevenidas, de los elementos medulares del sistema eléctrico (grandes plantas de generación e infraestructuras de interconexión y transporte, principalmente) son planeadas, comunicadas, monitorizadas y, en su caso, debidamente difundidas.
El capítulo 12 pasa revista a los poderes y obligaciones de los organismos reguladores en el desempeño de su cometido de supervisión como garantes del correcto funcionamiento del mercado, con especial atención a los mecanismos de coordinación entre sí, con los Gobiernos y con las autoridades de la competencia.
Por último, el capítulo 13 enumera los principales trabajos desarrollados, encaminados hacia la consecución de una mayor convergencia en la regulación eléctrica de ambos países, y la obtención así de un terreno de juego nivelado para todas las partes involucradas en la culminación del MIBEL.

Tu valoración:

Total Votos: 0
0 Participantes

De interés

Premios Green CommYOUnity premiarán a las comunidades energéticas con más impacto social y ambiental en España

Junto con Grupo MET, ECODES lanza la primera edición de los Premios Green CommYOUnity, que repartirán 25 000 euros entre las dos propuestas ganadoras.

Premios Green CommYOUnity premiarán a las comunidades energéticas con más impacto social y ambiental en España

Orden TED/345/2024 para regular la concesión de acceso a la red a instalaciones de generación o almacenamiento síncronos en nudos de transición justa

Los proyectos deberán cumplir requisitos mínimos de creación de empleo y autoconsumo proporcionales a la capacidad de acceso solicitada; por ejemplo, cada MW de capacidad de acceso debe traducirse en la instalación de 2 kW de autoconsumo.

Orden TED/345/2024 para regular la concesión de acceso a la red a instalaciones de generación o almacenamiento síncronos en nudos de transición justa

SL RANK

MERCADO ELÉCTRICO

0.0062   €/MWh

23/04/2024