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Bruselas advierte expresamente en su nueva normativa que no admite cambios retroactivos a las renovables.

28-11-17. ANPIER
martes, 28 noviembre 2017.
ANPIER
Bruselas advierte expresamente en su nueva normativa que no admite cambios retroactivos a las renovables.
El artículo 6 expresa la prohibición de cambios retroactivos en los sistemas de apoyo y se opone a cargas impositivas como el « Impuesto al Sol » .

La Comisión de Energía del Parlamento Europeo ha aprobado en el día de hoy las enmiendas a la futura Directiva que regulará las energías renovables en la Unión Europea. Dicho texto, en su artículo 6, expresa que los Estados miembros deberán asegurar que las condiciones retributivas de los proyectos renovables nuevos o ya existentes, no soportarán revisiones retroactivas que pudieran causarles perjuicio económico a sus propietarios[i].

Anpier, la asociación nacional de productores de energía fotovoltaica, considera que cualquier proyecto ha de estar, como es natural, sometido a los riesgos propios de la actividad que desenvuelva, pero que, en ningún caso, en países democráticos y desarrollados, estas actividades deben estar expuestas a “riesgos regulatorios”, puesto que se legisla, precisamente, para no generar incertidumbres y quebrantos retroactivos inesperados.

La propia Unión Europea ha criticado en numerosas ocasiones los cambios retroactivos soportados por el sector renovable en España. Anpier entiende que el artículo 6 de la futura Directiva de Renovables ni siquiera hubiera existido de no haberse producido el carrusel de vaivenes regulatorios que padecen las instalaciones renovables en el territorio nacional y que ha llevado a nuestro país a liderar el ranking de Estados demandados por quebrantamientos de Tratado de la Carta de la Energía, cuyo primer laudo arbitral, emitido por el CIADI, el órgano de resolución de conflictos del Banco Mundial, ha condenado a nuestro país a reparar el daño causado por los caprichosos y lesivos cambios regulatorios soportados por los demandantes, que tendrán que ser indemnizados por el Estado, como habrán de serlo, previsiblemente, el resto de empresas dañadas, 40 grandes fondos internacionales que ahora cuestionan la seguridad de los sectores regulados españoles.

Sin embargo, esta mañana, y casi temporalmente en paralelo, el Ministro español de energía, Álvaro Nadal, anunció que en el 2020 se volverá a ajustar la retribución de los proyectos renovables que se acogieron a unas tarifas reguladas calculadas y ofrecidas por su propio Ministerio para captar la inversión necesaria para impulsar el modelo de generación renovable en España y que, en la actualidad, ya soportan recortes de hasta el 50%. En esta ocasión, Álvaro Nadal, vincula la conveniencia de esta revisión a la bajada de los tipos de interés, ignorando, por una parte, que el grueso de las familias fotovoltaicas españolas hubo de refinanciar sus instalaciones a causa de los recortes impuestos en el año 2014, en condiciones de financiación mucho más perjudiciales que las originales y, por otra parte, olvidando que la nueva retribución que fijó su gobierno ya tachó de imprudentes a los primeros proyectos, porque tuvieron que asumir los tipos altos que establecía el mercado en 2007 y 2008.

Para Anpier, es una conducta inaceptable que cuando los tipos fueron altos, no les haya querido reconocer este coste a las instalaciones y que, ahora que son bajos, aunque los productores no se puedan beneficiar de ello, entienda que hay recortarles aún más por este motivo.


[i] Article 6. Stability of financial support “Member States shall ensure that the level of, and the conditions attached to, the support granted to new or existing renewable energy projects are not revised in a way that negatively impacts the rights conferred thereunder and their economics. When other regulatory instruments are changed and those changes affect supported renewable energy projects, Member States shall ensure that regulatory changes do not have a negative impact on the economics of the supported projects.

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