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Los propietarios de instalaciones fotovoltaicas situadas en Murcia pueden deducirse el 10% de su inversión.

25-6-15. Carlos Mateu
jueves, 25 junio 2015.
Carlos Mateu
Los propietarios de instalaciones fotovoltaicas situadas en Murcia pueden deducirse el 10% de su inversión.
¿En qué consiste la deducción por inversión en instalaciones de recursos energéticos renovables en Murcia? ¿existe un límite máximo en la deducción?

Los residentes en la Región de Murcia pueden deducir el 10 por 100 de las inversiones realizadas en la ejecución de proyectos de instalación de los recursos energéticos procedentes de las siguientes fuentes de energías renovables: solar térmica y fotovoltaica y eólica, con el límite máximo de deducción de 1.000 euros anuales.

La base de la deducción no puede exceder de 10.000 euros.

Para la aplicación de la deducción es necesario cumplir los siguientes requisitos:

1. Que la adquisición e instalación de los recursos energéticos renovables se realice en la vivienda que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente o en las que se destinen al arrendamiento que no constituya actividad económica.

2. Que la Administración Regional realice el reconocimiento previo de procedencia de su aplicación.

3. Que el importe comprobado del patrimonio del contribuyente, al finalizar el año, exceda del valor que arrojase su comprobación al comienzo del mismo, al menos en la cuantía de las inversiones realizadas.

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