Recortes de tarifas en Alemania, Moratoria en Republica Checa ... ¿?

Los amantes de la energía solar fotovoltaica aún no quieren creer que los Gobiernos de algunos paises ralenticen la fuente de energía más verde y menos contaminante del Mundo: El SOL.

I.- En Alemania la tarifa fotovoltaica que estimaba fuera a publicarse conforme al Borrador de Ley que se esperaba haber aprobado el pasado día 4 de junio de 2010, y que iba a tener efecto el pasado día 1 de julio iba a ser la siguiente:Instalaciones sobre cubierta o azoteas:

‐ ≤ 30 kW: 32,88 €ct/kWh
‐ < 100 kW: 31,27 €ct/kWh
‐ < 1.000 kW: 29,59 €ct/kWh
‐ ≥ 1.000 kW: 26,14 €ct/kWhInstalaciones sobre terrenos de uso industrial (vertederos / bases industriales, no terrenos agrícolas): 25,30 €ct/kWh -> tarifa

Instalaciones para consumo propio:- < 30 kW: 17,59 -20,88 €ct/kWh (además del ahorro)Según Molono, forero de SolarWeb, "en Alemania había dos recortes previstos este año, aproximadamente uno del 16% el 1 de Julio y un 10% el 1 de Enero de 2011 (para nuevas instalaciones), resulta que el recorte del 16% fue aprobado por la cámara baja (Bundestag) y que cuando llegó a la cámara alta (Bundesrat) no fue aprobado (por entender que tanta bajada perjudicaría al sector FV, proponían un 10%), entonces se creó una comisión para resolver el conflicto. Se sabía que cuando llegara el acuerdo se aplicaría con efectos del 1 de Julio que era la fecha teórica de revisión. Parece ser que finalmente han llegado al acuerdo del 13% en Julio y un 3% en Octubre".II.- En República Checa, la energía solar fotovoltaica gracias a su rápida expansión ha resultado "premiada" por los operadores de la Red con una moratoria. En Febrero de este año suspendieron la presentación de nuevos proyectos fotovoltaicos de venta a red, y desde entonces el tejido industrial se mantiene a la espera de conocer cuando podrán volver a efectuar más instalaciones. Según manifiestan los operadores de red la moratoria fotovoltaica tiene amparo legal ya que prima el interés general común y la seguridad de la red eléctrica.III.- En Córea del Sur, el Gobierno ha comunicado su desistimiento en la fotovoltaica tras haber anunciado el año pasado que para el año 2012, el País iba a contar con una potencia fotovotlaica cercana a 1, 5 Gw. Ya es publica su intención de paralizar la fotovoltaica.SI ERES PRODUCTOR FOTOVOLTAICO SOLICITA YA AL MITYC TRAMITE DE AUDIENCIA + info aquí


1 Comentario/s

  • Tiende a confusión el mensaje que aportais

    Estimada Marta Sánchez, creo que la redacción de la noticia tiende a confusión. Lo primero, permítame felicitarle por esta web y por su trabajo, aquí tienen a un admirador. No obstante, me gustaría matizar ciertos conceptos (de carácter político-politológicos) que, creo, ayudan a matizar la noticia.

    No es comparable el caso alemán con el español. No tienen absolutamente nada que ver (desde mi humilde opinión) a no ser que yo carezca de información.

    Existe una gran diferencia en la organización de ambos Estados. La diferencia estriba en que allí está regulado mediante una Ley de energías renovables cuya modificación A FUTURO necesita de su aprobación en el Bundestag y en el Bundesrat (estado federal y federaciones). Otra cosa muy distinta es que se regule como en el caso español mediante un Real Decreto, éste no deja de ser un instrumento para el ejecutivo sin necesidad de tramitación parlamentaria. El origen de los reales decretos procede de la legislación francesa de finales del S.XVIII (si no recuerdo mal) y su funcionalidad se ha desvirtuado totalmente. Su funcionalidad original era que los gobiernos pudieran tomar decisiones de carácter urgente en caso de catástrofes (por ejemplo) porque el contexto lo requería. La evolución de los actuales sistemas democráticos ha derivado a tener un mayor carácter presidencialista y a efectos prácticos los órganos legislativos han perdido cierto poder frente a los órganos ejecutivos (así estamos con un pacto de estado de energía entre principal partido de la oposición y el gobierno y, por ejemplo, CIU y otros afirmando que debería plantearse todo en subcomisión parlamentaria creada al efecto).
    Tomando como base el argumento anterior no me cuadra en absoluto que en Alemania se aplique retroactividad cuando es uno de los países con mayores y más complejos sistemas de control legislativo. En España el Senado no tiene ningún tipo de fuerza (otra gran cuenta pendiente con el sistema democrático español es la reforma del senado y de la ley electoral)cosa bien distinta ocurre en Alemania dónde el bundesrat puede vetar al bundestag (el senado puede vetar al parlamento, por intentar encontrar un símil anque técnicamente no es así en la práctica si se puede plantear).

    Aplicando lo anteriormente expuesto al caso que nos ocupa, el bundestag quiso aplicar reducciones A FUTURO a las primas a la fotovoltaica y el Busdesrat lo impidió creando una comisión de investigación para profundizar en las necesidades del sector y evaluar si esas reducciones eran soportables, pero se sabía que, se redujeran o no los recortes, se retrasara o no la iniciativa por encontrarse en evaluación (funcionalidad de ésta: consensuar visiones del bundestag y bundesrat para saber que recorte final aplicar)se sabía que se aplicaría en una determinada fecha. Pero de forma consensuada, planificada y aprobada se sabía que el acuerdo sería aplicado con efectos del 1 de Julio que era la fecha teórica de revisión (como muy bien explica otro forero MOLONO en otro foro).

    Quisiera dejar claro estos conceptos porque tienden a confusión.

    Me reitero afirmando: NO ES COMPARABLE EL CASO ESPAÑOL CON EL ALEMÁN, ni en su forma ni en su fondo.

    Gracias.

    Saludos cordiales.

    Filis.

    Web