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¿Cabe una indemnización por día de retraso de la promotora, en la ejecución de mi instalación fotovoltaica?

17-12-18. Carlos Mateu
lunes, 17 diciembre 2018.
Carlos Mateu
¿Cabe una indemnización por día de retraso de la promotora, en la ejecución de mi instalación fotovoltaica?
Es recomendable el establecimiento de cláusulas penales en los retrasos injustificados de una instalación fotovoltaica. Veamos en este post si el productor puede o no reclamar a la promotora una cláusula penal de 1700 euros por día de retraso.

Para poder dar respuesta a esta consulta hemos de atender única y exclusivamente a la valoración de la prueba. Habría que revisar todo el material probatorio, y estudiar más a fondo el caso. Cada caso es un mundo.

En primer lugar hemos de afirmar que es valido el establecimiento de una cláusula penal que "castigue" al promotor por el retraso a la conexión a red y vertido de la instalación fotovoltaica.

Llegado este caso habría que analizar las posibles responsabilidades del retraso en la finalización de la obra.

Suelen ser frecuentes en el desarrollo de la instalación fotovoltaica los siguientes problemas:

- incidencias en la calificación urbanística de la finca,
- cambio inesperado de localización de la cabina de inversores,
- desinstalación de un poste de media tensión,
- actuaciones sobre losas de hormigón, etc.

A priori hemos de decir que estas cuestiones no son ni pueden ser imputables a la promotora fotovoltaica.

De acreditarse el retraso en la terminación de las obras, corresponde a la promotora probar la existencia y realidad de los problemas referidos y su incidencia en el plazo de ejecución de la obra.

Si son cuestiones que la promotora debió de prever con la antelación suficiente, serán responsabilidad de ésta. No justificarían el retraro de lo trabajos.

En el supuestos de que se trate de cuestiones no justificables, sí resulta de aplicación la cláusula penal prevista en el contrato para el supuesto de que la promotora no finalizara la ejecución de la obra en el plazo previsto, consistente en el pago de una indemnización diaria de 1.700 €.

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