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Objetivos a 2020 de la Unión Europea en materia energética.

12-5-17. Carlos Mateu
viernes, 12 mayo 2017.
Carlos Mateu
Objetivos a 2020 de la Unión Europea en materia energética.
Está claro que la redución de los gases de efecto invernadero es una prioridad para la Unión Europea... pero ello no es coherente con su defensa del fracking, y su reducido apoyo a las energías renovables. Algo no nos cuadra.

Los Objetivos a 2020 de la Unión Europea son los siguientes:

  • Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en un 20% respecto a las de 1990.
  • Lograr una reducción del consumo de energía primaria del 20% respecto del escenario tendencial, definido tomando como base de referencia el año 2007.
  • Alcanzar, como objetivo vinculante, el 20% de energías renovables en el consumo de energía final y que los biocombustibles sustituyan como mínimo en un 10% en todos los países a los combustibles convencionales en el transporte.

Defensa del fracking.

“Por otra parte, es significativo e importante para la competitividad europea que en los últimos ocho años los precios de electricidad y gas se han encarecido para hogares y empresas entre un 40 y un 20%, respectivamente, mientras que en EEUU oscilan entre un incremento del 8% en la electricidad doméstica y una caída del 60% del gas para empresas, como consecuencia del gran desarrollo de las nuevas tecnologías de perforación horizontal y fracturación hidráulica.” (pág. 25)

Medidas europeas de Eficiencia Energética.

“…..nueva Directiva 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética, mucho más ambiciosa que la anterior y que supone un importante salto cualitativo con medidas como las siguientes:

  • Establecimiento de un Sistema de Obligaciones que fija objetivos concretos de ahorro energético específicamente a las empresas energéticas, cuyo incumplimiento da lugar a aportaciones al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, que se nutre también de fondos europeos.
  • Obligación de elaboración e implantación por todos los Estados miembros de una Estrategia de Rehabilitación Energética en la Edificación.
  • Obligación de la Administración del Estado de rehabilitación de al menos un 3% anual de su parque inmobiliario.
  • Obligación de las empresas grandes de realización de auditorías energéticas periódicas. Impulso de las auditorías energéticas en pymes.
  • Acreditación de las empresas proveedoras de servicios energéticos y de auditores energéticos.
  • Fomento de la cogeneración de alta eficiencia.
  • Eficiencia en la producción y uso del calor y frío, contabilización de consumos individualizados en instalaciones de calefacción o re­frigeración centralizadas, redes urbanas de calor y frío, etc.” (pág. 26)
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