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El coeficiente de cobertura por desajustes temporales del sistema de la Liq 12/2016 es del 0,894303852647992.

10-2-17. Carlos Mateu
viernes, 10 febrero 2017.
Carlos Mateu
El coeficiente de cobertura por desajustes temporales del sistema de la Liq 12/2016 es del 0,894303852647992.
El coeficiente de cobertura se aplica sobre la retribución a la inversión (Rinv), y la retribución a la operación (Rop), pero no sobre la baldita (los kwh producidos por el precio del mercado medio).

El coeficiente de cobertura se aplica sobre la retribución a la inversión (Rinv), y la retribución a la operación (Rop), pero no sobre la baldita (los kwh producidos por el precio del mercado medio).Ya conocemos por parte de la CNMC el último coeficiente de cobertura conocido a aplicar a las liquididaciones fotovoltaicas de la Liq 5/2016 que sigue destrozando la maltrecha economía de los fotovoltaicos.

Injustamente se va aplicar el nuevo coeficiente de cobertura al importe total de las liquidaciones positivas correspondientes a la energía solar fotovoltaica generada en el pasado mes de mayo de 2016.

Algunos productores han recibido ya las facturas con este coeficiente.

Este coeficiente de cobertura se aplica mes a mes sobre lo que los productores fotovoltaicos han de cobrar en cada periodo.

Es importante conocer que este coeficiente de cobertura se aplica solo a la parte regulada, es decir de los tres componentes del cobro (Rinv., Rop y Baldita) solo se aplica a Rinv. y Rop (que es la parte que paga el Estado) de las facturas de la CNMC.

el Ministerio aún no ha emitido la Orden que regule los nuevos precios para el siguiente semiperiodo del 01/01/2017 al 31/12/2019 y como consecuencia de ésto, la CNMC nos ha hecho llegar el siguiente comunicado:

Asimismo, cabe indicar que la Oficina de Liquidación de Régimen Específico nos ha comunicado que no habiendo sido publicados los nuevos parámetros retributivos correspondientes al ejercicio 2017, en la próxima liquidación a calcular en febrero 2017 (producción enero 2017), se seguirán aplicando los valores de 2016.

Las re-liquidaciones de enero 2017 con los parámetros actualizados, se realizarán en la siguiente liquidación tras la publicación los mismos.

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